Categoría: Doctrina del Tribunal Constitucional
Que el razonamiento del árbitro no sea compartido por la demandante no implica que constituya un motivo de anulación del laudo ya que el argumento existe, y no es irracional, ni arbitrario ni absurdo, ni contraviene ningún derecho fundamental (STSJ Cataluña CP 1ª 24 julio 2025)
Ninguno de los razonamientos del árbitro puede infringir el orden público societario, ni tampoco se advierte irracionalidad o incoherencia del laudo por haber resuelto que la acción no se hallaba caducada y luego desestimar la demanda (STSJ Cataluña CP 17 julio 2025)
Execuátur en España de un laudo dictado en Zúrich en aplicación rigurosa y didáctica del Convenio de Nueva York de 1958 (STSJ Navarra CP 1ª 17 septiembre 2025)
Tras reiterar la doctrina del TC sobre la motivación y la acción del orden público el TSJ del País Vasco considera que la simple lectura del laudo evidencia que no puede prosperar la petición de nulidad (STSJ País Vasco CP 1ª 24 julio 2025)
Nulidad de laudo arbitral por indefensión causada por defectuosa notificación y actuación de mala fe de la parte demandante (STSJ Madrid CPO 1ª 22 julio 2025)
No resultando contrario al orden público el razonamiento del árbitro el TSJ no puede controlar en cuanto a su eventual acierto (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª 16 junio 2025)
No puede extenderse el concepto de orden público a los errores jurídicos de los que pudiera adolecer el laudo, o las discrepancias en la aplicación y/o interpretación de determinada normativa (STSJ Galicia CP 1ª 7 julio 2025)
No ha caducado el plazo para el ejercicio de la acción de nulidad, pero resolución arbitral no puede tacharse de arbitraria, ilógica, absurda o irracional, no cabe declarar su nulidad amparándose en la noción de orden público (STSJ La Rioja CP 1ª 21 julio 2025)
El laudo está motivado de manera suficiente y racional, y no puede apreciarse en manera alguna que la ratio decidendi vulnere el orden público sustantivo (STSJ País Vasco CP 1ª 7 julio 2025)
Arbitraje estatutario en cooperativas y jurisdicción social: validez del convenio arbitral (STSJ País Vasco CP 1ª 1 julio 2025)
Tras comprobar que no concurren los motivos de anulación de un laudo de consumo el TSJ añade la apostilla: “no se puede sino concluir que ninguna infracción del orden público se ha producido en el procedimiento” (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª 30 junio 2025)
Se pretende una revisión del fondo del laudo arbitral, con aportaciones argumentales que hacen referencia a la valoración de la prueba practicada y en concreto de un correo electrónico (STSJ País Vasco CP 1ª 16 junio 2025)
La parte demandada tuvo cabal conocimiento de la admisión a trámite de la demanda arbitral, del árbitro nombrado, del contenido de dicha demanda (STSJ Madrid CP 1ª 25 junio 2025)
No puede, por tanto, estimarse la infracción del orden público con fundamento en la indefensión para la anulación de un laudo arbitral (STSJ País Vasco CP 1ª 23 mayo 2025)
Se anula parcialmente un laudo arbitral en lo referido al pronunciamiento sobre las costas del arbitraje, que queda así suprimido en su integridad (STSJ Madrid CP 1ª 11 junio 2025)
No se aprecia contravención alguna del orden público en el laudo, pues se respetan las garantías procesales de defensa, se practicaron las pruebas solicitadas y las alegaciones y pruebas fueron debidamente valoradas argumentándose la decisión (STSJ Galicia CP 1ª 7 mayo 2025)
La obligación de motivar no impone al árbitro la necesidad de analizar todas las pruebas y argumentos de las partes, sino tan solo que consten las razones de su decisión (STSJ Castilla la Mancha CP 1ª 22 mayo 2025)
La decisión del colegio arbitral sobre desistimiento de la demanda, como bien se expresa en el laudo, lejos de implicar una vulneración de derechos, supone una garantía de los de defensa, audiencia y contradicción (STSJ Galicia CP 1ª 8 abril 2025)
Procede desestimar la anulación del laudo pues , resulta en el presente caso poco rigurosa la denuncia de arbitrariedad, irracionalidad o falta de lógica que se vierte en la demanda (STSJ Madrid CP 1ª 3 abril 2025)
No se ha pronunciado la Corte Arbitral sobre cuestiones que las partes excluyeran del arbitraje y por ello, procede la desestimación de la acción de anulación (STSJ CP 1ª 1 abril 2025)
Desestimada demanda de anulación de un laudo de consumo, al no apoyarse la misma en una causa de las recogidas con carácter tasado en el art. 41.1º LA (STSJ Galicia CP 1ª 19 marzo 2025)
En materia de transporte rige un sistema enteramente distinto el de que todos los conflictos quedan “sometidos a arbitraje”, salvo que alguno de los interesados lo impugne o denuncie en el modo, forma y tiempo dispuesto por el art.38.1 LOTT (STSJ Extremadura CP 1ª 18 marzo 2025)
El TSJ de Castilla y León declara la nulidad del procedimiento arbitral ordenando la retroacción de actuaciones al momento de presentación por la demandante con fecha 12 de julio de 2023 de la solicitud de arbitraje de consumo (STSJ Castilla y León CP 1ª 17 marzo 2025)
Los razonamientos de la árbitro no pueden tacharse de arbitrarios, ilógicos, absurdos o irracionales, habiendo valorado adecuadamente las normas estatutarias de la Comunidad de Propietarios (STSJ La Rioja CP 1ª 14 marzo 2025)
La motivación de los laudos arbitrales carece de incidencia en el orden público (STSJ Madrid CP 1ª 19 marzo 2025)
No procede anular el laudo en un asunto de arrendamientos pues la parte no planteó la posibilidad de su analfabetismo, como determinante de un vicio de consentimiento, en el procedimiento arbitral (STSJ Madrid CP 1ª 17 marzo 2025)
El actor únicamente aporta su particular interpretación de la norma y no identifica cuál es la concreta previsión legal de carácter imperativo que el árbitro pudiera haber infringido con su decisión para vulnerar el orden público (STSJ Aragón CP 1ª 19 marzo 2025)
Hubo contactos entre los Abogados de ambas partes, habiendo acuerdo en seguir un denominado «protocolo de conciliación privada» que finalizó con la designación de un árbitro (STSJ Castilla León CP 1ª 12 marzo 2015)
La motivación de los laudos ni está prevista en la Constitución ni se integra en un derecho fundamental, es una obligación de configuración legal, emanada del art. 37.4º LA (STSJ Galicia CP 1ª 12 marzo 2025)
La queja de indefensión es en extremo genérica: ni arguye ni acredita qué se quiso alegar y probar, ni se pretende omisión alguna en el proceder del Árbitro que amparase o cobijase la desidia y malicia profesionales (STSJ Madrid CP 1ª 4 marzo 2025)
El examen de la documentación aportada permite al TSJ comprobar que las consideraciones que se vierten en los parágrafos del Laudo CIMA se ajustan a la realidad, por lo que no procede su anulación (STSJ Madrid CP 1ª 18 febrero 2025)
El TSJ de Madrid entra a valorar la base fáctica del litigio para denegar una acción de anulación contra un laudo pronunciado para impugnar la competencia de la por la Junta Arbitral de Transporte de la Comunidad de Madrid (STSJ Madrid CP 1ª 18 febrero 2025)
Transformación o equiparación de ‘renuncia’ a ‘desistimiento parcial tácito’ con el claro fin de articular un motivo de nulidad del laudo, al amparo de la infracción del orden público (STSJ Madrid CP 1ª 4 febrero 2025)
El Laudo cumple con creces el deber de motivación ínsito en el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión reconocido constitucionalmente (STSJ Murcia CP 1ª 13 diciembre 2024)
Cuestión prejudicial planteada por el TSJ de Madrid sobre el control judicial de los laudos arbitrales y el Derecho de la Unión (Auto TSJ Madrid CP 1ª 20 marzo 2025)
No estamos ante un laudo en derecho, como pretende hacer valer la parte solicitante de su nulidad, pues el árbitro ha resulto en equidad como resulta del desarrollo de los fundamentos de derecho (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª CP 1ª 17 enero 2025)
El art. 9.3º LA no exige un documento específico suscrito por las partes bastando con la mención de incorporación al documento de la cláusula y la accesibilidad a su contenido (STSJ Castilla La Mancha 1ª 18 diciembre 2024)
El mayor o menor acierto del arbitraje al resolver sobre la prescripción de la acción de reclamación de cantidad por motivo del transporte no encaja en la noción de orden público que se alega como fundamento de la acción de nulidad (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª 16 diciembre 2024)
La alegación de orden público para la anulación del laudo es meramente retórica y carente de sustancia en relación con la Ley de Cooperativas (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª 11 diciembre 2024)
No puede extenderse el concepto de orden público a los errores jurídicos de los que pudiera adolecer el laudo, o las discrepancias en la aplicación y/o interpretación de determinada normativa (STSJ Galicia CP 1ª 25 noviembre 2024)
El escrito de demanda de anulación de un laudo no anuda ninguno de los motivos de impugnación a ninguna de los motivos que recogen en el art. 41 de la Ley de Arbitraje (STSJ Asturias CP 1ª 3 febrero 2024)
No procede la anulación del laudo, pues ni se ha acreditado la parcialidad del árbitro designado, ni la falta de información a la actora de su nombramiento por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales (STSJ Murcia CP 1ª 14 febrero 2025)
Estimación de una acción de anulación pues el Laudo fue dictado sin que los arrendatarios hubiesen podido hacer valer sus derechos y, llanamente, porque el árbitro ha dictado el Laudo con imprudente premura (STSJ Madrid CP 1ª 21 enero 2025)
No es que el árbitro se declare a priori competente, sino que en el momento procedimental en que resuelve el Laudo de Cuestión Previa, no puede decidir su exclusión del arbitraje (STSJ Madrid CP 1ª 7 enero 2025)
No resulta que el procedimiento arbitral se hubiera notificado a los demandantes, omisión que afecta a su derecho a la tutela judicial efectiva y determina el supuesto de nulidad del laudo arbitral (STSJ Madrid CP 1ª 3 diciembre 2024)
En línea con el criterio sostenido por el Tribunal Constitucional en los supuestos en que se interpone demanda dirigida a obtener la nulidad de un laudo arbitral es admisible el allanamiento de la parte demandada (STSJ CP 1ª 3 diciembre 2024)
El órgano judicial no puede revisar la adecuación al derecho aplicable o entrar a juzgar sobre la correcta valoración de las pruebas (STSJ Castilla y León CP 1ª 21 noviembre 2024)
El TSJ no puede examinar la idoneidad, suficiencia o la adecuación de la motivación del laudo arbitral, sino únicamente comprobar su existencia (STSJ Castilla y León CP 1ª 4 noviembre 2024)
Es incuestionable que lo que la demandante pretende no es sino una revisión sustantiva de lo resuelto por el colegio arbitral, extremo jurídicamente inviable (STSJ Galicia CP 1ª 19 noviembre 2024)
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