Categoría: Caducidad de la acción
La demanda de anulación se presentó fuera del plazo legalmente previsto, por lo que procede desestimar la demanda por caducidad (STSJ Madrid CP 1ª 10 octubre 2023)
Improcedencia de una acción de anulación contra un laudo pese a las diversas apreciaciones de contrariedad al orden público esgrimidas por la demandante (SAP Cataluña CP 1ª 21 julio 2023)
Aunque el árbitro hubiese dejado de revelar ciertos hechos, lo realmente importante será su trascendencia e incidencia en orden a la afectación de su independencia (STSJ Cataluña CP 1ª 29 mayo 2023)
El plazo de interposición de la acción de anulación del laudo es de dos meses ex art. 41.4º de la Ley 60/03 y deberá computarse de fecha a fecha (STSJ Canarias CP 1ª 1 febrero 2023)
Se destima una acción de anulación pues el demandante había presentado escrito de oposición a la ejecución en , y ya entonces tenía pleno conocimiento de la resolución ahora impugnada (STSJ Madrid CP 1ª 11 octubre 2022)
Cuando la acción de anulaciónse funda en la falta de procedimiento arbitral, el plazo de caducidad ha de computarse desde el momento en que el actor tiene conocimiento de la existencia de haberse dictado laudo arbitral (STSJ Castilla La Mancha CP 1ª 14 octubre 2022)
No es posible aplicar el art. 5 de la LA, pues el arbitraje especial de transporte tiene sus propias normas en materia de notificaciones con remisión a las establecidas por el procedimiento administrativo que fueron las seguidas en el presente caso (STSJ Cataluña CP 1ª 8 julio 2022)
Es evidente de toda evidencia que la acción de anulación ejercitada ha de entenderse caducada respecto del Laudo Interlocutorio impugnado, al tiempo que ha de ser desestimada por absoluta falta de fundamento respecto del Laudo Final (STSJ Madrid CP 1ª 11 mayo 2022)
Se constata de manera palmaria que la excepción de caducidad no ha recibido ninguna respuesta argumentada, por lo que el laudo se anula al carecer de toda motivación (STSJ Andalucía CP 1ª 15 noviembre 2021)
No puede reclamarse la sujeción del arbitraje a los preceptos de la LEC, pues entonces se estaría judicializando sin más el procedimiento arbitral y convirtiéndolo en un auténtico ejercicio contra natura (STSJ Madrid CP 1ª 10 diciembre 2021)
Anulación de un laudo arbitral al apreciarse la caducidad de la acción (STSJ Castila-La Mancha CP 1ª 19 noviembre 2020)
La acción de anulación ejercitada está caducada, al haberse presentado la demanda de anulación con notoria posterioridad al plazo previsto de dos meses (STSJ Madrid 24 marzo 2020)
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