Categoría: Divorcio.
No acreditada una residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración del matrimonio, debe acudirse al lugar de celebración del matrimonio para determinar el régimen económico
Competencia de los tribunales españoles para una demanda de divorcio que subsigue a las medidas provisionales previas
Competencia de los tribunales españoles para pronunciarse sobre una la demanda de divorcio que subsigue a medidas provisionales previas
Competencia judicial internacional y ley aplicable respecto de un divorcio de un matrimonio contraído e Cuba
Control de la competencia judicial de los tribunales ucranios para dictar una sentencia de divorcio que se pretende tenga efectos en España
No cabe atribuir la guarda cuando la hija, residente en Perú, ha alcanzado la mayoría de edad
Incompetencia de los tribunales españoles para conocer de una demanda de divorcio por no concurrir residencia habitual en España
Recuperación, tras la sentencia de divorcio, de los apellidos de soltera de conformidad con el Derecho rumano
Falta de competencia judicial internacional de los Tribunales españoles por no acreditarse la residencia real y efectiva y el tiempo previo y necesario para invocarla
Prórroga de competencia de los tribunales españoles, donde se conoce de la demanda de divorcio, para decidir de las medidas relativas a la responsabilidad parental incluidos los alimentos sobre los cuatro hijos comunes
Se desestima un recurso de casación por ser la residencia habitual un concepto autónomo del Reglamento Bruselas II bis
Ley aplicable al régimen económico matrimonial
Improcedencia de un divorcio el rebeldía por constar el paradero del demandado en el extranjero
Necesidad de ser declara ejecutiva por un Tribunal español un «acta de divorcio revocable» pronunciada en Marruecos
Al residir los menores en España, la renuncia a las pensiones éstos efectuada por la madre en un talaq marroquí es nula de pleno derecho en España
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