Categoría: 1961 suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros
De acuerdo con el Canje de Notas entre España y la URSS de 24 de febrero de 1984 la legalización a la que alude se refiere también a la apostilla que deberá pedirse por vía diplomática (Res. DGSJyFP 17 septiembre 2024)
No es necesaria la apostilla del Convenio de La Haya de 1961cuando una persona presente un documento público al que se le aplique el Reglamento UE 2016/1191 y que haya sido expedido en otro Estado miembro (AAP Toledo 2ª 11 mayo 2024)
Los fines del poder están dentro de los límites del objeto social, habiéndose observado en el expresado poder las formas y solemnidades establecidas en las leyes vigentes en Inglaterra y Gales (SAP Madrid 19ª 30 enero 2024)
Aplicación de la ley española a una sucesión intestada en Marruecos pues el reparto desigual de cuotas hereditarias entre descendientes hombres y mujeres haría entrar en juego el orden público (SAP Cádiz 6ª -Ceuta- 9 mayo 2024)
No concurren las causas de denegación del execuátur de una sentencia de divorcio marroquí, pues no es requisito para otorgar el execuátur que previamente se haya inscrito en el Registro Civil (AAP Barcelona 12ª 11 marzo 2024)
Se estima la apelación pues el Auto recurrido no cita con fundamento a qué otra norma exige a la demandante “certificado literal de matrimonio legalizado, apostillado” en Marruecos (AAP Vitoria-Gasteiz 1ª 3 julio 2023)
De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 650/2012 siendo países del ámbito de su aplicación y en materia sucesoria, no es precisa la apostilla para el «Erbschein» que constituye el título sucesorio (Res. DGSJFP 23 noviembre 2023)
El documento extranjero ha de contener la legalización o apostilla y los demás requisitosnecesarios para su autenticidad en España (SAP A Coruña 3ª 18 octubre 2023)
Pese a haber intervenido un notario colombiano en la documentación presentada no consta que se hayan obtenido beneficios para simular el consentimiento cuando se prestó para contraer el matrimonio en Perú (SAP León 1ª 21 diciembre 2021)
Con independencia de la validez formal del documento de acuerdo a las normas de conflicto aplicables y de su traducción y legalización es preciso que supere un análisis de idoneidad o de equivalencia (Res. DGSJFP 23 febrero 2022)
Dada la enorme distancia léxica y gramatical que media entre las leguas turcas y española, el destinatario del documento sin traducción pudo no identificar, siquiera, lo recibido, como una sentencia judicial (SAP Madrid 28ª 29 enero 2021)
El poder de representación otorgado ante notaria francesa es susceptible de ser adecuado al ordenamiento español (Res. DGSJFP 19 noviembre 2020)
Parece que los documentos aportados por el actor para acreditar su minoría de edad son inocuos pues ofrecen dudas más que suficientes para tener por acreditado ese hecho (SAP Madrid 14ª 27 junio 2020)
Denegada la inscripción de un documento, otorgado ante notario francés, de partición de herencia entre la madre del difunto, legitimaria y heredera legal, y el legatario universal de los bienes (Res. DGSJFP 6 marzo 2020)
Procede constituir la adopción por constar el asentimiento del padre de las menores y de la madre gestante, al haberse practicado videoconferencia ante la autoridad judicial del Estado de Tabasco (México) (AAP Barcelona 11 febrero 2020)
Denegación de la inscripción de un «certificado de sucesión» francés, a modo de testimonio en relación en el Derecho español, que sin apostillar ni establecer juicio de ley alguno, acompaña un documento de partición de bienes (Res. DGRN 17 septiembre 2019).
Una copia de la llamada «Yauyía», rito religioso seguido en Marruecos, como certificación de matrimonio no puede desplegar eficacia probatoria dado que no reúne los requisitos ineludibles para su autenticidad en España (AAP Málaga 7 marzo 2019)
Necesidad de la apostilla para que los documentos otorgados en el extranjero tengan valor en juicio (SAP Oviedo 22 marzo 2019)
Validez del poder otorgado por notario de Luxemburgo conforme a los requisitos y exigencias legales de dicho país
Cualquier documento público emitido por un país miembro de la Convención de La Haya sobre apostilla deberá ser reconocido, sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Corresponde a los profesionales del derecho conocer los requisitos que debe contener un documento público extranjero para acreditar su autenticidad en España
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