Categoría: Sucesiones
En aplicación del Reglamento (UE) nº 650/2012, salvo elección indubitada, no resulta indispensable el recurso a la información del país de la nacionalidad, salvo que coincida con el de la residencia habitual
Acreditación de la cualidad de herederos pese a que la documentación aportada carecía de la correspondiente «apostilla»
Supuestos de alteración de los números del documento oficial de identificación extranjero a los efectos de la inscripción de una escritura de herencia
La ley española es la competente para determinar los requisitos necesarios para la inscripción de bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad
No es admisible aceptar un documento notarial extranjero por el que se certifican los distintos derechos sucesorios y, al mismo tiempo, exigir la aportación del testamento ológrafo en el que aquél basa la atribución de derechos
Negativa a practicar la rectificación de la inscripción de un documento extranjero de herencia, autorizado por notario inglés
Conveniencia para notarios y registradores de ir avanzando en el conocimiento de los Derechos de los demás Estados en aras a facilitar la aplicación del Derecho extranjero en el ámbito extrajudicial
No es aplicable en España una normativa extranjera que discrimina a las hijas en materia de sucesiones (Res. DGRN 20 julio 2016)
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