Un notario elevó a escritura pública un documento extranjero de herencia y rectificación autorizado por notario ingles, que ya había causado inscripción en el Registro de la Propiedad en el año 2004, pero el registrador de la propiedad acordó no practicar la rectificación de la inscripción, lo cual es confirmado por la Res. DGRN de 10 de octubre de 2016.