El TSJ de Madrid estima por allanamiento una demanda de nulidad contra el laudo pronunciado por el Colegio arbitral designado por el Comité Jurisdiccional de la Real Federación Española de Fútbol (STSJ Madrid CP 1ª 16 abril 2024)

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 16 de abril de 2024, recurso nº 57/2023 (ponente: José Manuel Suárerz Robledano), estima por allanamiento una demanda de nulidad contra el laudo pronunciado por el Colegio arbitral designado por el Comité Jurisdiccional de la Real Federación Española de Fútbol. De acuerdo con el fallo:

«(…) Estableciendo el art. 22.1 de la LEC 1/2000 que » cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado por éste, pero si el allanamiento se hiciera en fraude de ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, se dictará auto rechazándolo y seguirá el proceso adelante», y el 2.1 de la Ley de Arbitraje que » son susceptibles de arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho», no existe impedimento acreditado alguno en este caso por razones de orden público, renuncia en perjuicio de tercero o fraude de ley para dar lugar al referido allanamiento y, con ello, a las pretensiones de la parte demandante en su integridad»

«(…) De conformidad con lo dispuesto en el art. 395.1 de la LEC 1/2000, habiendo tenido lugar el referido allanamiento en tiempo oportuno, sin que sea de apreciar mala fe en su conducta procesal, se está en el caso de no efectuar declaraciones especiales sobre las costas del proceso seguido. Vistos los arts. citados y los demás de aplicación al caso.

Fallamos que. por el allanamiento del demandado, debemos estimar como estimamos la demanda de nulidad del Laudo de 18 de julio de 2023, que pronunció el Colegio arbitral designado por el Comité Jurisdiccional de la Real Federación Española de Fútbol

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