Categoría: Convenio de Nueva York de 20 de junio de 1956
Competencia de los Tribunales españoles para el conocimiento de la ejecución de una sentencia dictada en España en procesos de divorcio (AAP Logroño 1ª 25 abril 2025)
Execuátur de un laudo por acuerdo de las partes dictado en Nueva York en el seno de la Asociación Americana de Arbitraje (ATSJ Madrid CP 1ª 15 marzo 2022)
La Corte Civil y Mercantil de Arbitraje presenta el libro conmemorativo de su 30 Aniversario
El Estado Español de conformidad a los pactos y convenios suscritos viene obligado a reclamar los alimentos y la parte demandada a satisfacerlos (SAP Tenerife 27 septiembre 2018)
La ejecución de una sentencia de alimentos en Ecuador corresponde exclusivamente al juez ecuatoriano
Confirmación de una demanda de alimentos contra un alimentista domiciliado en Chile al amparo del Convenio de Nueva York de 20 de junio de 1956 (SAP Huesca 24 octubre 2017)
Una pensión de alimentos solicitada al amparo del Convenio de Nueva York de 1956 debe de estar en relación a la capacidad del demandado y las necesidades del menor
Al residir los menores en España, la renuncia a las pensiones éstos efectuada por la madre en un talaq marroquí es nula de pleno derecho en España
Pensión a favor de menores conforme a la ley sueca por ser ésta de aplicación en los términos del Protocolo de la Haya de 23 de noviembre de 2007
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