La Sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Tercera, de 28 diciembre 2016 declara la competencia judicial de los tribunales españoles al concurrir la la circunstancia destacada de que los demandados que tienen su domicilio social y personal en Mallorca, fueron emplazados en tal domicilio en debida forma, y se personaron en autos contestando a la demanda sin plantear la declinatoria, pese a que en el contrato existía un un acuerdo atributivo de competencia a los tribunales alemanes.