Foto: UNHCR/Francesco Malavolta
El Consejo ha acordado el 13 de diciembre de 2024 su posición sobre la Directiva por la que se establecen normas mínimas para prevenir y combatir la facilitación de la entrada, la circulación y la estancia no autorizadas en la Unión Europea. El objetivo de esta propuesta es aproximar las legislaciones penales de los Estados miembros en cuestiones como la definición y la sanción del tráfico ilícito de migrantes. La posición acordada hoy servirá de base para las próximas negociaciones con el Parlamento Europeo.
Antecedentes
En 2023 se detectaron aproximadamente 380.000 cruces irregulares de fronteras en las fronteras exteriores de la UE. Europol estima que más del 90% de los inmigrantes irregulares que llegan a la UE utilizan los servicios de contrabandistas.
El tráfico de migrantes también es una actividad delictiva muy lucrativa. Según cifras de la ONU, las redes de tráfico de personas obtienen beneficios anuales de entre 4.700 y 6.000 millones de dólares.
Delito penal de tráfico ilícito de migrantes
De acuerdo con el texto acordado, los Estados miembros deben garantizar que, en su legislación nacional, ayudar intencionalmente a un nacional de un tercer país a entrar, transitar o permanecer en el territorio de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea a cambio de un beneficio financiero o material constituya un delito penal.
Sanciones
En cuanto a las sanciones, los países de la UE deben adoptar medidas para que el delito de tráfico de migrantes se castigue con una pena máxima de prisión de al menos tres años. Las penas máximas deberían ampliarse a al menos ocho años cuando los traficantes actúen como parte de una organización criminal o cuando utilicen una violencia grave contra los migrantes. Si el delito causa la muerte de un migrante, la pena máxima de prisión debería ser de al menos diez años. Los Estados miembros pueden decidir imponer penas máximas más elevadas.
El texto también establece normas sobre las sanciones que se aplican a las personas jurídicas: o bien un porcentaje del volumen de negocio total mundial, o bien una cantidad fija, de hasta 40 millones de euros.
Cláusula humanitaria
Los Estados miembros mantuvieron la propuesta inicial de la Comisión de insertar una denominada cláusula humanitaria en un considerando de la propuesta. El objetivo de la cláusula humanitaria es especificar que cierta asistencia a los inmigrantes irregulares, en particular la asistencia a familiares cercanos o el apoyo para satisfacer necesidades humanas básicas, no puede calificarse como delito penal de tráfico ilícito de migrantes.
Dado que esta cláusula se mantendrá en los considerandos, corresponderá a los Estados miembros decidir cómo abordar esta cuestión en la legislación nacional. El texto también destaca el hecho de que los Estados miembros tienen libertad para adoptar o mantener una legislación nacional que prevea medidas más estrictas.
Actividades futuras
La posición que adoptada por el Consejo servirá de base para las futuras negociaciones con el Parlamento Europeo, que todavía está definiendo su postura sobre el proyecto de ley. El Consejo y el Parlamento Europeo tendrán que ponerse de acuerdo sobre un texto conjunto.
