El Consejo de la Unión Europea da su aprobación definitiva al Acuerdo Provisional sobre Comercio (APC) entre la Unión Europea y México modernizado (14 julio 2026)

El Consejo adoptó el 14 de julio de 2026 la Decisión sobre la conclusión del Acuerdo Intergubernamental UE-México , tras la firma del Acuerdo UE-México  el 22 de mayo de 2026 durante la cumbre UE-México y el consentimiento otorgado por el Parlamento Europeo durante su sesión plenaria del 8 de julio de 2026.

Antecedentes

Las relaciones entre la UE y México se rigen actualmente por el Acuerdo de Asociación Económica, Coordinación Política y Cooperación (el «Acuerdo Global»), que entró en vigor en el año 2000.

En 2016, el Consejo autorizó la apertura de negociaciones para modernizar este marco con el fin de reflejar la evolución de la realidad económica y política mundial. Las negociaciones concluyeron el 17 de enero de 2025. El 11 de mayo de 2026, el Consejo autorizó la firma del Acuerdo Internacional sobre Tecnología (ATI), que tuvo lugar en el marco de la VIII Cumbre UE-México, celebrada el 22 de mayo de 2026.

México es el segundo socio comercial más importante de la UE en América Latina, mientras que la UE es el tercer socio comercial más importante de México. El comercio bilateral ya es considerable, alcanzando casi 87.000 millones de euros en bienes (2025) y más de 29.000 millones de euros en servicios (2024). Entre 2014 y 2024, el comercio entre la UE y México en bienes y servicios creció más del 75 % y el 171 %, respectivamente.

Esta decisión concluye el proceso interno de la UE para el Acuerdo sobre Tecnología de la Información y confirma que la UE ha completado sus procedimientos internos a efectos de la entrada en vigor del acuerdo.

Véase

Compromiso con un comercio abierto, basado en normas y mutuamente beneficioso

El Acuerdo sobre Comercio Internacional (ACI) moderniza el pilar comercial del Acuerdo Global UE-México (AGM), proporcionando un marco actualizado para el comercio y la inversión entre ambos socios. Se prevé que beneficie a más de 45.000 empresas de la UE que exportan a México, la gran mayoría de las cuales son pymes. Asimismo, el acuerdo  mejorará el acceso al mercado al eliminar la mayoría de los aranceles aduaneros restantes, ampliar las oportunidades para los servicios, la inversión y la contratación pública, y reducir las barreras comerciales. Asimismo, refuerza la protección de las indicaciones geográficas europeas e impulsa la cooperación en materia de comercio digital, propiedad intelectual, aduanas y facilitación del comercio, competencia y materias primas críticas.

Actuaciones futuras

Dado que la Ley de Tecnología de la Información (ITA) es competencia exclusiva de la UE, no requiere la ratificación de los Estados miembros de la UE individualmente .

De conformidad con lo estipulado en el acuerdo, el Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI) entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente a la fecha en que la UE y México se notifiquen mutuamente la finalización de sus respectivos procedimientos internos. Se prevé que México concluya su proceso de ratificación interna después del verano. Tras el intercambio de estas notificaciones, los operadores dispondrán de un plazo de dos meses para prepararse para la aplicación del nuevo acuerdo.

El Acuerdo sobre Comercio Internacional (ACI) funcionará como un acuerdo independiente y dejará de aplicarse una vez que entre en vigor el Acuerdo Global Modernizado UE-México en su totalidad.

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