Estimación de un declinatoria arbitral a través de una misteriosa motivación (SAP Oviedo 4 noviembre 2019)

El Auto de la Audiencia Provincial de Oviedo, Sección Séptima, de 4 de noviembre de 2019 confirma la estimación de una declinatoria arbitral acordada por el Juzgado de Gijón, con el siguiente razonamiento (ciertamente susceptible de mejora): «la parte actora vulnera lo convenido al interponer la demanda frente a la entidad causante del siniestro (no responsable en principio del pago de estos gastos atención), sin sujetarse además a las tarifas convenidas, en vez de someter la cuestión a la comisión prevista, quien debiera emitir una resolución vinculante y de obligado cumplimiento sobre el conflicto existente, que en caso de no ser cumplida, o de resolver que el siniestro queda fuera del convenio y que el rechazo por tanto de la entidad obligada al pago (la de la víctima), fue justificado, permitiría la vía judicial, cual señala el artículo 4-4 párrafo cuarto del Convenio. Es preceptivo pues el seguimiento de la vía arbitral previa a la formulación de la presente acción y al no haberlo hecho así, procede estimar la declinatoria conforme dispone el artículo 66-1 LEC y acuerda el auto apelado que se confirma».

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