En sus conclusiones leídas el 28 de junio de 2018 (asunto C-216/18 PPU: Minister for Justice and Equality), el Abogado General Evgeni Tanchev observa que corresponde a la autoridad judicial de ejecución pronunciarse sobre la existencia de un riesgo real de vulneración del derecho a un proceso equitativo debido a las deficiencias del sistema judicial polaco. Según el Abogado General, la ejecución de una orden de detención europea debe aplazarse cuando la autoridad judicial competente comprueba no sólo que existe un riesgo real de denegación flagrante de justicia debido a las deficiencias del sistema judicial del Estado miembro emisor, sino también que la persona contra la que se ha emitido dicha orden está expuesta a ese riesgo. Para determinar si la persona de que se trata está expuesta a dicho riesgo, la autoridad judicial de ejecución deberá tener en cuenta las circunstancias particulares relativas tanto a dicha persona como a la infracción de la que se la acusa o por la que ha sido condenada.