El TSJ de Madrid no aprecia el menor atisbo de la sinrazón que justificaría la anulación de un laudo por falta de motivación

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, sección Primera, de 24 de octubre de 2017, desestima una acción de anulación contra un laudo arbitral recordando «como inconcuso, que el deber de motivar en general, y de motivar la prueba, en particular, no exige dar cuenta explícita de por qué se descarta cada uno de los elementos del acervo probatorio que no es tomado en consideración para formar la convicción sobre los hechos». Asimismo «no aprecia el menor atisbo de la sinrazón que justificaría la anulación de un Laudo por falta de motivación: compártase, o no, el razonamiento del Laudo, éste es totalmente ajeno a cualquier idea de arbitrariedad, como imposición de la propia voluntad al margen de las reglas de la lógica, en aplicación arbitraria de las normas, o por razonar con patente error (…) . No existe, pues, a todas luces, la esencial e insalvable falta de motivación que se pretende.