El Comité ad hoc del CIADI, integrado por el Juez Abdulqawi Ahmed Yusuf, Presidente, Tan Sri Dato’ Cecil W.M. Abraham y el Profesor Dr. Rolf Knieper, emitió el 27 de diciembre de 2016 una Decisión de anulación en la controversia entre República Bolivariana de Venezuela y Tidewater Investment SRL / Tidewater Caribe, C.A., Caso CIADI N.° ARB/10/5. En el laudo de 13 de marzo de 2015, el Tribunal concluyó que Venezuela había expropiado la inversión de Tidewater en Venezuela sin el pago de una pronta, adecuada y efectiva indemnización. Determinó que Tidewater tenía derecho a recibir indemnización por dicha expropiación y calculó que el monto en concepto de capital de la indemnización que había de abonarse ascendía a USD 46,4 millones más intereses. En la presente decisión el Comité Comité anula una porción del Laudo y el monto asignado a esta porción, por una cuantía de, USD 10,003 millones, y deja sin efecto la cosa juzgada en tal medida. Le corresponderá, en todo caso, a un nuevo tribunal pronunciarse en un lado acerca de esa esta porción respecto de la cual el tribunal ad hoc no ha expresado motivos. .Todas las demás causales de la solicitud de anulación. El resto del Laudo, incluida la adjudicación de USD 36,397 millones, permanece sin cambios.