Categoría: Documentación requerida
Se han cumplido las formalidades exigidas por el art. 53 del Reglamento (CE) 44/2001 para la ejecución de una sentencia búlgara (AAP Málaga 5ª 15 diciembre 2021)
No cumpliendo la exigencia de firmeza la resolución marroquí de divorcio, cuya reconocimiento y ejecución se insta, debe ser desestimada tanto en orden a la pretensión de reconocimiento como a la de ejecución (AAP Bilbao 4ª 22 diciembre 2021)
Inadmisión del execuátur de una sentencia de divorcio pronunciada en Sudán al no aportar la actora la cédula de emplazamiento del demandado en el procedimiento de origen (AAP Granada 5ª 4 octubre 2021)
El art. 53 LCJIMA es una norma imperarativa y el juzgado no puede suplir aquello que corresponde a la parte, como es adjuntar a la demanda los documentos mencionados en el referido precepto, para iniciar el procedimiento (AAP Vitoria 1ª 1 octubre 2021)
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