Normas mínimas a escala de la UE sobre localización, identificación, embargo, confiscación y gestión de bienes delictivos en relación con una amplia gama de delitos (12 abril 2024)

El Consejo ha adoptado el 12 de abril de 2024 una Directiva que establece normas mínimas a escala de la UE sobre localización, identificación, embargo, confiscación y gestión de bienes delictivos en relación con una amplia gama de delitos.

La directiva equipará mejor a los Estados miembros en su lucha contra el crimen organizado y los beneficios ilegales asociados. También obligará a los países de la UE a garantizar que las autoridades tengan los recursos que necesitan para sus actividades. Las reglas también se aplicarán a la violación de las sanciones.

Congelamiento y confiscación

Los Estados miembros deberán permitir la congelación de bienes y, en caso de condena firme, el decomiso de los instrumentos y productos derivados de un delito penal. Además, tendrán que adoptar normas que les permitan confiscar bienes cuyo valor corresponda al producto de un delito.

Cuando se transfieran activos delictivos o bienes de igual valor a un tercero, también debe ser posible confiscarlos si el tercero sabía o debería haber sabido que el propósito de la transferencia o adquisición era evitar el confiscación.

Las nuevas reglas también permitirán a los estados miembros confiscar riquezas inexplicables; cuando dichos bienes estén vinculados a una conducta cometida a través de una organización criminal y generen un beneficio económico sustancial.

Oficinas de recuperación y gestión de activos

Se reforzarán las oficinas de recuperación de activos, encargadas de la cooperación transfronteriza. Apoyarán a las autoridades nacionales y a la Fiscalía Europea en las investigaciones de rastreo de activos. Las oficinas tendrán acceso a bases de datos y registros pertinentes para realizar estas tareas.

Las oficinas de gestión de activos serán designadas por los Estados miembros y gestionarán directamente los bienes congelados o confiscados o prestarán apoyo a otros órganos competentes. La nueva ley también prevé la venta de bienes congelados, bajo ciertas condiciones e incluso antes de la confiscación definitiva, por ejemplo si son perecederos.

Actuaciones futuras

La Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la UE. Los Estados miembros tendrán 30 meses para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional.

 

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