El Tribunal Europeo de Derechos Humanos  asesta un duro golpe a los derechos de las personas refugiadas y migrantes (STEDH 13 febrero 2020)

La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Gran Sala, de 13 de febrero de 2020 en el caso de N.D. y N.T. v. España (solicitudes núms. 8675/15 y 8697/15), sostiene por unanimidad, que no hubo violación del art.o 4 del Protocolo No. 4 (prohibición de expulsión colectiva) al Convenio Europeo sobre Derechos humanos, y tambén por unanimidad, que no hubo violación del art.o 13 (derecho a un recurso efectivo) de la Convención en relación con el art. 4 del Protocolo No. 4. El caso se refería al regreso inmediato a Marruecos de dos nacionales de Mali y Costa de Marfil, que el 13 de agosto de 2014 intentaron ingresar al territorio español de manera no autorizada escalando las cercas que rodean el enclave español de Melilla en la costa norteafricana. El Tribunal considera que los demandantes se habían colocado de hecho en una situación ilegal cuando habían intentado deliberadamente ingresar a España el 13 de agosto de 2014 cruzando las estructuras de protección fronteriza de Melilla como parte de un grupo muy numeroso y en un lugar no autorizado, aprovechando la magnitud del grupo y el uso de la fuerza. Por lo tanto, habían optado por no utilizar los procedimientos legales que existían para ingresar legalmente al territorio español. En consecuencia, el Tribunal consideró que la falta de decisiones individuales de expulsión podría atribuirse al hecho de que los solicitantes, suponiendo que hubieran querido hacer valer los derechos en virtud de la Convención, no habían utilizado los procedimientos oficiales de entrada existentes para ese fin, y que había sido, pues, consecuencia de su propia conducta. En la medida en que considera que la falta de un procedimiento individualizado para su expulsión había sido consecuencia de la conducta de los solicitantes, el Tribunal no puede responsabilizar al Estado demandado por la falta de un recurso legal en Melilla que les permitiera impugnar esa remoción.

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