El incidente de falta de competencia por medio de declinatoria arbitral debe presentarse antes de haber contestado a la demanda (SAP Barcelona 7 mayo 2019)

La Sentencia de la Audiencia Provincia de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 7 de mayo de 2019, considera que la demandada no puede ampararse en el art. 38 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) para defender que las pretensiones de la parte actora quedaba sometidas a las juntas arbitrales de transporte. Según la Audiencia «conforme al art. 63.1º LEC «mediante la declinatoria, el demandado y los que puedan ser parte legítima en el juicio promovido podrán denunciar la falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de ésta a tribunales extranjeros, a órganos de otro orden jurisdiccional, a árbitros o a mediadores».  En el supuesto de autos, A. tendría que haber presentado el correspondiente incidente de falta de competencia por medio de declinatoria antes de haber contestado a la demanda. En nuestro caso A. no sólo no planteó la correspondiente declinatoria en el plazo legalmente previsto, tampoco contestó a la demanda. Por tanto, hemos de considerar que la parte actora aceptó tácitamente la competencia de los juzgados mercantiles para resolver esta controversia vinculada al transporte por carretera. Debe, con ello, desestimarse este primer motivo de apelación».

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  1. Administrador – Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
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