La AP de Las Palmas considera que los árbitros no son competentes cuando se discute acerca de la validez y carencia de vicios del contrato que incluye la cláusula de arbitraje

La Sentencia de la Audiencia Provincial de La Palmas de Gran Canaria, Sección Quinta, de 14 de diciembre de 2017, confirma la desestimación de una declinatoria arbitral afirmando que: «la remisión al arbitraje de un conflicto entre los contratantes dependía de que se cuestionasen o se discrepase acerca de los términos de interpretación y ejecución del contrato o de las operaciones relacionadas con él. Sin embargo, el objeto del conflicto planteado en este proceso no atañe a términos o a cuestiones de interpretación o ejecución del contrato sino a su propia validez y, por ende, a su surgimiento válido a la vida jurídica. Entendemos que las cuestiones de las que tendría que conocer la corte de arbitraje o la cámara madrileña a que hace referencia el pacto sexto del contrato serían las que surgiesen en torno al desenvolvimiento del contrato (interpretación y ejecución), esto es cuando no se cuestionase su propia existencia o validez, pero no cuando lo que se discute es su surgimiento al mundo jurídico como contrato válido y no viciado. En consecuencia, entendemos competente a la jurisdicción civil para el conocimiento del presente litigio».

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  1. Administrador – Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
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