El cuestionamiento de los aspectos de fondo del laudo arbitral está vedado en el proceso de ejecución

El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Cuarta, de 10 de mayo de 2017 desestima el recurso de impugnación contra un auto dictado  por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Barcelona en un procedimiento de ejecución de un laudo arbitral del Tribunal Arbitral de Barcelona. La Audiencia considera, entre otras cosas, que «con independencia de que con el recurso de la referida parte ejecutada se incida en cuestionar aspectos de fondo del Laudo que quedarían vedados en la presente ejecución atendido que el procedimiento arbitral es un instrumento de resolución de conflictos en única instancia, lo que se cohonesta con el carácter extraordinario en que se configura en el art. 41 de la Ley de Arbitraje , lo cierto es que no cabe duda alguna de que la condena del laudo lo fue con carácter solidario».