Un litigio cuyo objeto es determinar si una persona fue inscrita de forma justificada como titular de una marca no queda comprendido en la competencia judicial exclusiva del reglamento Bruselas I

La Sentencia del Tribunal de Justicia, Sala Segunda, de 5 de octubre de 2017, asunto 341/16: Hanssen Beleggingen, tras recordar la doctrina sentada por la Sentencia de 15 de noviembre de 1983, asunto 288/82: Duijnstee, en virtud de la cual no queda comprendido en esta competencia judicial exclusiva un litigio que tiene por objeto únicamente quién es el titular del derecho de patente, consideró que esta interpretación era extrapolable a un asunto de marcas, que no afecta ni a la validez ni al registro de la marca, sino que únicamente tiene por objeto si una persona cuyo nombre ha sido inscrito como titular tiene en realidad esta condición. En consecuencia declaró que el art. 22, punto 4, del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que no se aplica a los litigios que tienen por objeto determinar si una persona ha sido inscrita de forma justificada como titular de una marca.

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