Irlanda modifica su Ley de Arbitraje para facilitar la ejecución de laudos derivados del CETA y de otros acuerdos de inversión de la Unión Europea (17 junio 2026)

La reforma establece un procedimiento específico para el reconocimiento y la ejecución en Irlanda de los laudos dictados al amparo de determinados acuerdos internacionales de inversión celebrados por la Unión Europea Además la nueva regulación responde a las objeciones formuladas por el Tribunal Supremo irlandés en el asunto Costello e incorpora como límites el orden constitucional del Estado y la autonomía del ordenamiento jurídico de la Unión

Irlanda ha dado un paso relevante para la ratificación y aplicación de los acuerdos de comercio e inversión celebrados por la Unión Europea que incorporan mecanismos de solución de controversias entre inversores y Estados. El 17 de junio de 2026 fue promulgada por la presidenta Catherine Connolly la Arbitration (Amendment) Act 2026, que modifica la Arbitration Act 2010 y establece un cauce específico para hacer efectivos en Irlanda determinados laudos internacionales de inversión. La reforma, de alcance material limitado, persigue principalmente eliminar uno de los obstáculos jurídicos que hasta ahora dificultaban la ratificación irlandesa del Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá y la Unión Europea (CETA).

La modificación legislativa guarda una relación directa con los problemas planteados ante el Tribunal Supremo irlandés en los asuntos Costello e introduce un procedimiento de ejecución de las decisiones adoptadas por tribunales internacionales de inversión que trata de dar respuesta a las objeciones identificadas por aquella jurisprudencia y, al mismo tiempo, incorpora garantías destinadas a preservar las exigencias derivadas tanto de la Constitución irlandesa como del Derecho de la Unión Europea.En Costello v. Government of Ireland [2022] IESC 44, el Tribunal Supremo irlandés examinó la compatibilidad constitucional de la ratificación del CETA y, en particular, de su sistema de solución de controversias en materia de inversiones. Por mayoría de cuatro votos contra tres, consideró que la ratificación no era posible con arreglo al Derecho irlandés entonces vigente. La dificultad residía especialmente en la ejecución de las decisiones de los tribunales de inversión y en sus implicaciones para la administración de justicia. Con todo, por seis votos contra uno, el Tribunal entendió que el obstáculo podía superarse mediante una modificación de la Arbitration Act 2010. La reforma de 2026 responde directamente a esa indicación jurisprudencial y abre así el camino a la ratificación irlandesa del CETA.

Un régimen específico para los laudos derivados de acuerdos internacionales de inversión

Entre los acuerdos expresamente contemplados se encuentra el CETA entre la Unión Europea y Canadá, junto con el Acuerdo Marco Avanzado celebrado entre la Unión Europea y la República de Chile. La Ley habilita asimismo al Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio para determinar mediante orden otros acuerdos de protección de inversiones a los que resulte aplicable el nuevo régimen. La información oficial del Gobierno irlandés sitúa entre los instrumentos susceptibles de quedar comprendidos los acuerdos de la Unión con México, Singapur y Vietnam, caracterizados igualmente por incorporar mecanismos modernos de solución de controversias en materia de inversiones.

Desde el punto de vista procesal, la reforma atribuye al High Court la competencia para autorizar la ejecución en Irlanda. Obtenida dicha autorización, el laudo podrá hacerse efectivo del mismo modo que una sentencia u orden del propio High Court. Se articula así un régimen legal específicamente concebido para esta categoría de decisiones internacionales, cuya eficacia en el ordenamiento irlandés queda sometida a la intervención previa de la jurisdicción estatal.

Particular interés presentan los límites impuestos a la ejecución. El nuevo texto impide hacer efectivo el laudo cuando ello pueda comprometer el orden constitucional del Estado o afectar a la autonomía del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. La formulación refleja la preocupación por conciliar la eficacia de los mecanismos internacionales de protección de inversiones con la preservación de los principios constitucionales irlandeses y de las exigencias que derivan de la autonomía del Derecho de la Unión.

También se establece un régimen singular de recursos. La decisión del High Court relativa a la ejecución no podrá ser recurrida ante el Court of Appeal. Queda abierta, en cambio, la posibilidad de acudir directamente al Supreme Court, siempre que este conceda autorización para recurrir conforme al art. 34.5.4.º de la Constitución irlandesa.

La reforma abre el camino a la ratificación irlandesa del CETA

La aprobación de la Arbitration (Amendment) Act 2026 posee una trascendencia que supera la modificación puntual de la legislación arbitral. Su finalidad declarada es proporcionar la infraestructura jurídica interna necesaria para que Irlanda pueda avanzar en la ratificación del CETA y de otros acuerdos de nueva generación celebrados por la Unión Europea que contienen disposiciones sobre protección de inversiones y solución de controversias. La ministra de Asuntos Exteriores y Comercio, Helen McEntee, presentó la promulgación como la eliminación de un «obstáculo significativo» para la ratificación del CETA y anunció la intención del Gobierno de avanzar en ese proceso. Por su parte, el ministro de Estado para Asuntos Europeos y Defensa, Thomas Byrne, destacó la importancia económica de las relaciones con Canadá y recordó que el comercio bilateral irlandés de bienes y servicios pasó de 3.200 millones de euros en 2016 a más de 12.000 millones en 2024.

Más allá de esas consideraciones económicas, la reforma reviste especial interés desde la óptica del arbitraje y del Derecho de las inversiones. El legislador irlandés ha optado por establecer un cauce propio de ejecución que pretende hacer compatibles las obligaciones derivadas de los acuerdos internacionales de la Unión con dos límites expresamente formulados: la salvaguardia del orden constitucional nacional y el respeto de la autonomía del ordenamiento jurídico europeo. La entrada en vigor de las modificaciones previstas por la Ley se encuentra todavía pendiente.

Irlanda ha dado un paso relevante para la ratificación y aplicación de los acuerdos de comercio e inversión celebrados por la Unión Europea que incorporan mecanismos de solución de controversias entre inversores y Estados. El 17 de junio de 2026 fue promulgada por la presidenta Catherine Connolly la Arbitration (Amendment) Act 2026, que modifica la Arbitration Act 2010 y establece un cauce específico para hacer efectivos en Irlanda determinados laudos internacionales de inversión. La reforma, de alcance material limitado, persigue principalmente eliminar uno de los obstáculos jurídicos que hasta ahora dificultaban la ratificación irlandesa del Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá y la Unión Europea (CETA).

La modificación legislativa guarda una relación directa con los problemas planteados ante el Tribunal Supremo irlandés en los asuntos Costello. Según ha señalado el Gobierno, la nueva Ley introduce un procedimiento de ejecución de las decisiones adoptadas por tribunales internacionales de inversión que trata de dar respuesta a las objeciones identificadas por aquella jurisprudencia y, al mismo tiempo, incorpora garantías destinadas a preservar las exigencias derivadas tanto de la Constitución irlandesa como del Derecho de la Unión Europea.

Un régimen específico para los laudos derivados de acuerdos internacionales de inversión

Entre los acuerdos expresamente contemplados se encuentra el CETA entre la Unión Europea y Canadá, junto con el Acuerdo Marco Avanzado celebrado entre la Unión Europea y la República de Chile. La Ley habilita asimismo al Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio para determinar mediante orden otros acuerdos de protección de inversiones a los que resulte aplicable el nuevo régimen. La información oficial del Gobierno irlandés sitúa entre los instrumentos susceptibles de quedar comprendidos los acuerdos de la Unión con México, Singapur y Vietnam, caracterizados igualmente por incorporar mecanismos modernos de solución de controversias en materia de inversiones.

Desde el punto de vista procesal, la reforma atribuye al High Court la competencia para autorizar la ejecución en Irlanda. Obtenida dicha autorización, el laudo podrá hacerse efectivo del mismo modo que una sentencia u orden del propio High Court. Se articula así un régimen legal específicamente concebido para esta categoría de decisiones internacionales, cuya eficacia en el ordenamiento irlandés queda sometida a la intervención previa de la jurisdicción estatal.

Particular interés presentan los límites impuestos a la ejecución. El nuevo texto impide hacer efectivo el laudo cuando ello pueda comprometer el orden constitucional del Estado o afectar a la autonomía del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. La formulación refleja la preocupación por conciliar la eficacia de los mecanismos internacionales de protección de inversiones con la preservación de los principios constitucionales irlandeses y de las exigencias que derivan de la autonomía del Derecho de la Unión.

También se establece un régimen singular de recursos. La decisión del High Court relativa a la ejecución no podrá ser recurrida ante el Court of Appeal. Queda abierta, en cambio, la posibilidad de acudir directamente al Supreme Court, siempre que este conceda autorización para recurrir conforme al art. 34.5.4.º de la Constitución irlandesa.

La reforma abre el camino a la ratificación irlandesa del CETA

La aprobación de la Arbitration (Amendment) Act 2026 posee una trascendencia que supera la modificación puntual de la legislación arbitral. Su finalidad declarada es proporcionar la infraestructura jurídica interna necesaria para que Irlanda pueda avanzar en la ratificación del CETA y de otros acuerdos de nueva generación celebrados por la Unión Europea que contienen disposiciones sobre protección de inversiones y solución de controversias.

La ministra de Asuntos Exteriores y Comercio, Helen McEntee, presentó la promulgación como la eliminación de un «obstáculo significativo» para la ratificación del CETA y anunció la intención del Gobierno de avanzar en ese proceso. Por su parte, el ministro de Estado para Asuntos Europeos y Defensa, Thomas Byrne, destacó la importancia económica de las relaciones con Canadá y recordó que el comercio bilateral irlandés de bienes y servicios pasó de 3.200 millones de euros en 2016 a más de 12.000 millones en 2024.

Más allá de esas consideraciones económicas, la reforma reviste especial interés desde la óptica del arbitraje y del Derecho de las inversiones. El legislador irlandés ha optado por establecer un cauce propio de ejecución que pretende hacer compatibles las obligaciones derivadas de los acuerdos internacionales de la Unión con dos límites expresamente formulados: la salvaguardia del orden constitucional nacional y el respeto de la autonomía del ordenamiento jurídico europeo. La entrada en vigor de las modificaciones previstas por la Ley se encuentra todavía pendiente.

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