Según un comunicado del Poder Judicial de 10 de enero de 2025 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada ha rechazado la inhibición decidida el pasado día 7 de enero por el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada sobre el regreso del hijo menor de Juana R. G. a Italia al considerar que los hechos que han sido denunciados no corresponden a un caso de violencia de género y, por lo tanto, no son de su competencia. Esta decisión, sin embargo, no afecta a la suspensión de la orden de regreso que de forma provisional y urgente decretó el Juzgado de Instrucción cuando se encontraba en funciones de guardia por lo que el menor podrá continuar en territorio español por el momento.
Esta decisión provoca un posible conflicto de competencias entre juzgados que deberá resolver o bien el Decanato de los Juzgados de Granada en aplicación de sus normas de reparto o la Audiencia de Granada.
A fin de dar respuesta a la inhibición planteada por el Juzgado de Instrucción, el Juzgado de Violencia tuvo que incoar un procedimiento de diligencias previas, las Diligencias Previas 31/25, pero solo a los efectos de resolver la demanda de inhibición y no con el fin de continuar ningún tipo de investigación judicial al amparo de los hechos planteados.
Por otra parte, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer sigue tramitando las Diligencias Previas 1047/24 sobre un presunto maltrato del padre hacia el hijo menor ocurrido en Italia. En la demanda también se solicita la adopción de la medida cautelar de la no devolución del menor a Italia «para evitar que el progenitor pueda seguir maltratándolo». El Juzgado de Violencia archivó provisionalmente las diligencias al considerar que «del relato de hechos referidos por la denunciante no se desprendían indicios bastantes de delito alguno competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer».
En la misma resolución, el Juzgado acordó la remisión de testimonio «con carácter urgente» de los hechos relatados respecto del menor a los órganos judiciales italianos de la ciudad de Calaforte competentes en la causa penal ya abierta sobre los presuntos malos tratos hacia el menor ocurridos en Italia para que acordaran lo que proceda.
El archivo de las diligencias de Violencia fue recurrido por el letrado y está pendiente de resolver el recurso de reforma ante el mismo Juzgado de Violencia de Granada.
Váase el historial de este caso
- Providencia del Tribunal Constitucional no admitiendo a trámite la segunda demanda de amparo de Juana Rivas por ser extemporánea
- Un Auto de la Audiencia Provincial de Granada desestima el incidente especial de nulidad del caso Juana Rivas
- Juana Rivas, el maltrato y los jueces
- Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y seis años de inhabilitación para ejercer la patria potestad sobre sus hijos
- La Audiencia de Granada confirma la condena de cinco años de cárcel para una mujer por la sustracción de sus dos hijos (SAP Granada 7 marzo 2019)
- El Tribunal Supremo se opone a la concesión de un indulto total a la madre acusada de sustracción de sus dos hijos menores (4 noviembre 2021)
- Fin de caso Juana Rivas: el TS confirma su condena por sustracción de menores, pero rebaja la pena a dos años y medio por ser un único delito
- El Gobierno indulta a Juana Rivas (17 noviembre 2021)
- La Audiencia Granada acuerda suspender la pena de prisión a Juana Rivas condenada por sustracción de menores con la condición de que participe en programas de parentalidad positiva (30 marzo 2022
