American Arbitration Association: Normas de arbitraje y procedimientos de mediación de la industria de la construcción de la AAA 2024 (1 marzo 2024)American Arbitration Association:

La Asociación Estadounidense de Arbitraje (AAA) ha anunciado la publicación del Reglamento de Arbitraje y Procedimientos de mediación de la industria de la construcción actualizado, que refleja su compromiso con la eficiencia, la adopción de tecnología moderna y las demandas cambiantes de la industria de la construcción. Estas actualizaciones, vigentes a partir del 1 de marzo de 2024, se desarrollaron con un amplio aporte del Comité Nacional de Resolución de Disputas en la Construcción, defensores, abogados internos, árbitros y profesionales de la industria de todo el país.

I. Adopción de tecnologías actuales y emergentes

En un esfuerzo por mantenerse a la vanguardia de los avances tecnológicos y optimizar nuestros procesos, el nuevo Reglamento refleja la era digital al eliminar la necesidad de números de fax, simplificando las comunicaciones al exigir la inclusión de direcciones de correo electrónico para todas las partes demandadas, incluidas aquellas a las que se pretende unir. Esto garantiza que los procedimientos de arbitraje sigan siendo relevantes y eficientes, aprovechando las tecnologías actuales y emergentes sin necesidad de modificaciones futuras.

II. Procedimientos de vía regular

  • AAA y Delegación de Funciones: Se ha agregado una nueva subsección (b), reforzando el compromiso de las partes y sus representantes de adherirse a las Normas de Conducta de la AAA, asegurando la integridad y el profesionalismo durante todo el proceso de arbitraje (R-2).
  • Consolidación y unión de empresas: Para alinearnos con el proceso administrativo de la AAA y establecer expectativas claras, se ha perfeccionado los procedimientos de consolidación y unión de empresas. Las modificaciones clave incluyen:
      • Las solicitudes de consolidación y de incorporación deben presentarse antes de que se confirme el nombramiento del árbitro de fondo, eliminando la opción de presentación anterior de 90 días.
      • Un plazo de 14 días para responder a las solicitudes de consolidación.
      • Guía de presentación específica para solicitudes de incorporación.
      • Normas revisadas para solicitar consolidación o unión después de la confirmación del Árbitro de Fondo (R-7).
  • Designación de árbitros: Las mejoras en las reglas de designación de árbitros otorgan a la AAA autoridad para limitar los rechazos de las partes y aclarar los requisitos para los árbitros designados por las partes, lo que garantiza la experiencia y la alineación con los estándares de la AAA (R-14 y R-15).
      • R-14. Nombramiento de árbitro del Panel Nacional de Construcción: AAA tendrá ahora la autoridad para limitar las huelgas de las partes.
      • R-15. Nombramiento directo por una parte: Esta Regla ha sido revisada para especificar que los árbitros designados por las partes deben estar en la Lista Nacional de Árbitros de la AAA, a menos que las partes acuerden lo contrario o que la AAA determine que los miembros de la Lista de la AAA no reúnen la experiencia requerida por la disposición ADR de las partes.
  • Audiencia preliminar de gestión: Reconociendo la flexibilidad requerida en los arbitrajes modernos, las revisiones reconocen específicamente que las audiencias preliminares pueden llevarse a cabo mediante videoconferencia, junto con los formatos tradicionales en persona o por teléfono (R-23).
      • R-23. Audiencia preliminar de gestión: La Regla modificada especifica que las audiencias preliminares podrán celebrarse por videoconferencia, además de por teléfono y en persona.
  • Medidas de comunicación y confidencialidad: Se han modificado varias reglas para introducir métodos de comunicación más flexibles, mandatos de confidencialidad, firmas electrónicas para laudos y directrices revisadas para medidas de emergencia, mociones dispositivas y sanciones, entre otras. Estos cambios tienen como objetivo mejorar la eficiencia, la seguridad y la equidad en el proceso arbitral (R-29, R-34, R-39, R-44, R-45, R-48, R-51, R-52, R-59, R-60).
      • R-29. Actas oficiales: Esta Regla se ha modificado para permitir todas las opciones de transcripción, y no sólo las actas «taquigráficas».
      • R-34. Mociones dispositivas: Con el fin de reducir el coste del arbitraje y mejorar la eficiencia del proceso, la AAA ha modificado esta Regla para añadir el requisito de que los árbitros tengan en cuenta el coste de una moción dispositiva a la hora de determinar si conceden permiso a una parte para presentar dicha moción.
      • R-39. Medidas de protección de emergencia: Esta Regla se ha modificado para especificar que la AAA nombrará al Árbitro de Emergencia tan pronto como sea posible, pero no más tarde de tres días hábiles en lugar de uno. Además, ahora concede al Árbitro de Emergencia el mismo plazo para establecer un calendario para atender la solicitud de medida de emergencia. La enmienda también aclara que se puede presentar una solicitud de ayuda de emergencia independientemente de cualquier condición previa al arbitraje que pueda existir en el contrato de las partes.
      • R-44. Notificación: La Regla modificada permite a la AAA, al árbitro y a las partes utilizar «métodos alternativos de comunicación u otras plataformas» para intercambiar comunicaciones u otras notificaciones durante el curso del arbitraje.
      • R-45. Confidencialidad: Esta nueva Regla hace explícito el requisito de que la AAA y el árbitro mantengan la confidencialidad de todos los asuntos. La Regla también otorga a los árbitros la autoridad específica para emitir órdenes de confidencialidad.
      • R-48. Forma del laudo: Anteriormente Regla
      • R-47, la Regla modificada confirma que las firmas de los árbitros en el Laudo pueden ser electrónicas o digitales.
      • R-51, esta Regla ha sido modificada para otorgar a los árbitros la autoridad de «aclarar» sus laudos, además de abordar errores administrativos, tipográficos, técnicos o de cálculo. La Regla sigue estableciendo que el fondo del laudo no puede ser reconsiderado y ahora especifica que cualquier solicitud de modificación o aclaración debe hacerse a través de la AAA, en lugar de directamente al árbitro.
      • R-59. Depósitos: Anteriormente Regla R-58, una nueva sección añadida (b) especifica que, si una parte unida bajo la Regla R-7 no realiza los depósitos requeridos bajo estas Reglas, la parte que solicitó su unión será responsable de cubrir dichos costes, sujetos a un posterior prorrateo en el laudo.
      • R-60. Sanciones: Esta Regla ha sido modificada para otorgar al árbitro la facultad de imponer sanciones por iniciativa propia, siempre que la parte contra la que se vayan a imponer sanciones tenga la oportunidad de ser oída antes de que se dicte dicha orden.

III. Procedimientos de vía rápida

  • Aplicabilidad de vía rápida: El límite para la elegibilidad de vía rápida se ha aumentado a los casos en que las reclamaciones o contrademandas no superan los $150,000, ampliando el acceso a procedimientos acelerados (F-1).
  • Intercambio de información y descubrimiento: una regla simplificada ahora abarca tanto el intercambio de información como el descubrimiento, enfatizando la eficiencia y limitando las mociones a casos de buena causa demostrada (F-8).
  • Forma de adjudicación: Este nuevo procedimiento especifica que las adjudicaciones de casos de vía rápida se realizarán en forma de una adjudicación estándar, lo que permite a las partes solicitar una adjudicación más detallada, pero dicha solicitud puede resultar en que el caso salga de los procedimientos de vía rápida. (F-13).

IV. Procedimientos para disputas de construcción grandes y complejas

  • Árbitros: Como reflejo de la escala cambiante de las disputas en la construcción, el umbral predeterminado para designar un panel de tres árbitros se ha elevado a los casos que superan los $3 millones (L-3).

Estas actualizaciones demuestran nuestro compromiso de ofrecer un proceso de arbitraje moderno, eficiente y justo. Al adaptarnos a los avances tecnológicos y perfeccionar nuestros procedimientos, garantizamos que nuestros servicios de arbitraje satisfagan las necesidades actuales y futuras de todas las partes involucradas.

Esta actualización integral mejora el proceso de arbitraje y mediación dentro de la industria de la construcción, promoviendo la eficiencia, la claridad y la resolución efectiva de disputas.

Deja un comentarioCancelar respuesta