Encomienda de gestión de la Secretaría de Estado de Política Territorial a la Secretaría de Estado de Migraciones para la gestión de expedientes de extranjería (29 de enero de 2024)

El BOE 20.1.2024 publica la Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Secretaría de Estado de Política Territorial a la Secretaría de Estado de Migraciones, para la gestión de expedientes de extranjería.. Dicho acuerdo fue suscrito por el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio y la Secretaria de Estado de Migraciones han firmado un acuerdo de encomienda de gestión para la gestión de expedientes de extranjería.

Objeto de la encomienda.

El Secretario de Estado de Política Territorial y la Secretaria de Estado de Migraciones acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX) que depende de la Dirección General de Migraciones (DGM), por razones de eficacia, lleve a cabo la gestión material de la tramitación de los expedientes de extranjería que se prevean a través de esta Encomienda de gestión, o en las Adendas de la misma.

A tal fin, se suscribe esta encomienda de gestión en la que la UTEX asumirá la tramitación material completa de aquellos procedimientos de autorizaciones de residencia y de trabajo de extranjeros, susceptibles de un mayor y mejor tratamiento homogéneo y automatizable, de aquellas oficinas de extranjerías deficitarias en recursos humanos asignados.

Dicha asignación se efectuará en función del volumen de solicitudes a tramitar y plazos de resolución máximo deseable que, a criterio de la Comisión de Seguimiento prevista en el apartado cuarto, resulte conveniente que gestione la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería, en los términos fijados en la presente encomienda, para garantizar el cumplimiento adecuado de todas las restantes funciones que tienen asignadas.

La tramitación material incluirá las gestiones de grabación, instrucción (incluyendo toda la tramitación de peticiones de informes, su recepción, subsanaciones y audiencias) así como propuesta de resolución de las autorizaciones previstas en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, y de las autorizaciones previstas en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se acuerden en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el apartado cuarto en términos de eficacia y reducción de plazos, de modo que la UTEX, como unidad deslocalizada, flexible y versátil, preste apoyo grabando e instruyendo los procedimientos relativos a aquellas Oficinas de Extranjería donde se estén incumpliendo los plazos máximos de resolución, o se esté resolviendo en plazos que superan de forma notable el promedio del resto de oficinas, siempre que esto sea debido a una insuficiencia de medios humanos, por una elevada carga de trabajo por empleado, en aras de preservar la cohesión territorial y de evitar que se preste a los ciudadanos un servicio desigual en función del territorio donde residan, trabajen o estudien.

La gestión de los expedientes encomendados de cada Oficina de Extranjería se instará por la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio y se acordará conjuntamente con la Dirección General de Migraciones en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el apartado cuarto, siendo puesta en conocimiento de las Oficinas de Extranjería de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno afectadas, al menos, con una semana de antelación. Las nuevas solicitudes de las referidas autorizaciones que tengan entrada en esas Oficinas de Extranjería a partir de dicha fecha serán tramitadas por la UTEX.

Actuaciones objeto de la encomienda.

La gestión material que se encomienda se concretará en la realización de todas las actividades materiales que conciernan a la grabación, instrucción (incluyendo los posibles trámites de petición de informes, subsanación y audiencia), propuesta de resolución, notificación de la resolución, recepción de los posibles recursos que se interpongan contra las resoluciones que se hayan tramitado por las UTEX, su instrucción y propuesta de resolución, notificación de la resolución, preparación de los expedientes e informes para su remisión a los órganos jurisdiccionales. Quedan excluidas de la presente encomienda aquellas solicitudes de modificaciones de autorizaciones previas salvo que se inste la obtención de alguna de las incluidas en la misma.

La Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio conferirá el mismo tratamiento a los funcionarios de la UTEX en el acceso a las diferentes aplicaciones informáticas de gestión de las autorizaciones referidas en el apartado primero, que el de los funcionarios de una Oficina de Extranjería, con acceso a los expedientes cuya tramitación se le encomienden a través de soporte digital, con el fin de mantener el tratamiento y la trazabilidad unificada de todas las actuaciones en esta materia, así como la interconexión adecuada con los diferentes Ministerios y Entidades implicadas en la gestión de las mismas. Este sistema de actuación unificada de la UTEX y las OEX permitirá el acceso completo del Ministerio encomendante a la información completa sobre el estado de tramitación de cualquiera de los expedientes y evitará deficiencias en la intercomunicación.

Finalmente, se encomienda la realización de cualquier otro trámite relacionado con las actuaciones cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, y siempre que resulte accesorio de los ya encomendados.

Obligaciones de las partes.

Una vez completada la tramitación de cada uno de los procedimientos objeto de esta encomienda, se pondrán a disposición del Ministerio encomendante los correspondientes expedientes administrativos electrónicos para su custodia, a los efectos oportunos determinados por el ordenamiento jurídico. El Ministerio encomendante podrá tener acceso para la consulta de los expedientes de su competencia durante toda la tramitación, así como a información en cualquier momento sobre el estado de tramitación, y, una vez finalizado el mismo, se pondrá a su disposición la información completa relativa al mismo.

Correrán a cargo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda, a excepción de los inherentes a las adaptaciones informáticas precisas de las aplicaciones que emplean habitualmente las Oficinas de Extranjería, que deberán ser utilizadas para la tramitación de los expedientes que se asignen a la UTEX, y de los costes de las notificaciones postales y electrónicas que correrán a cargo del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

El Ministerio encomendante informará al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de las actuaciones y resoluciones judiciales que se deriven de los expedientes objeto de esta encomienda que pudieran resultar relevantes para el adecuado cumplimiento de la misma y el respeto a la doctrina jurisprudencial en las propuestas de resolución que formule.

Comisión de Seguimiento.

Se crea una Comisión de Seguimiento, de carácter paritario, basada en los principios de buena fe, colaboración y confianza recíproca, de la ejecución de esta encomienda de gestión, integrada por cuatro vocales:

El titular de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio del Ministerio encomendante, o persona en quien delegue.

El titular de la Subdirección General de Coordinación de la Administración General del Estado en el Territorio del Ministerio encomendante, o persona en quien delegue.

El titular de la de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o persona en quien delegue.

El titular de la de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o persona en quien delegue.

Actuará como Secretario un funcionario designado por la persona que ostente la presidencia de la Comisión, con voz, pero sin voto, que levantará acta de las sesiones.

La presidencia se ostentará, de forma alternativa, cada seis meses, por los titulares de las respectivas Direcciones Generales de los Ministerios encomendante y encomendado, comenzando por el titular de la Dirección General de Migraciones, y se encargará de la convocatoria de las reuniones.

Esta Comisión de Seguimiento se reunirá de forma mensual durante el primer año de vigencia de la encomienda, momento a partir del cuál se reunirá de forma trimestral, sin perjuicio de que se pueda solicitar su convocatoria en cualquier momento por alguna de las partes.

Sus funciones serán:

– La determinación de las Oficinas de Extranjería y de los tipos de autorizaciones previstas en el apartado primero, cuya tramitación asumirá la UTEX.

– La aprobación de las especificaciones operativas que sean necesarias para la puesta en marcha de la encomienda y para la adecuada coordinación entre la UTEX y las Oficinas de Extranjería.

– La resolución de las posibles dudas interpretativas o controversias que pudieran surgir en ejecución de la encomienda.

– La elevación de propuestas de prórroga de la encomienda o de aprobación de las adendas que se consideren necesarias.

– La elevación de la propuesta de finalización de la encomienda por la pérdida de finalidad de la misma o la constatación del incumplimiento de las obligaciones de alguna de las partes.

– Cualesquiera otras que tengan relación con las anteriores.

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