El Consejo ha adoptado el 25 de septiembre de 2023 sus posiciones («orientaciones generales») sobre la propuesta de revisión del paquete legislativo sobre dibujos y modelos: la Directiva sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos y el Reglamento sobre los dibujos y modelos. Con la actualización de una legislación sobre dibujos y modelos que tiene veinte años, los nuevos textos pretenden facilitar la protección de los dibujos y modelos industriales y adaptar la legislación de la UE en este ámbito a los retos de un mundo digital y de impresión 3D.
Antecedentes
Un dibujo o modelo industrial es la apariencia externa de un producto. El atractivo visual de un dibujo o modelo es uno de los factores principales que influyen en la elección del consumidor, a la hora de preferir un producto en lugar de otro. Un buen dibujo o modelo constituye una importante ventaja competitiva para los productores y aumenta el valor del producto. Por consiguiente, los dibujos y modelos deben protegerse frente a las copias o imitaciones.
Las industrias intensivas en dibujos y modelos representan casi el 16 % del PIB y el 14 % de todos los puestos de trabajo en la Unión. El 10 de noviembre de 2020, el Consejo pidió a la Comisión que presentara propuestas para modernizar los sistemas de protección de dibujos y modelos de la UE, que tenían casi veinte años de antigüedad. El 28 de noviembre de 2022, la Comisión publicó un paquete de medidas con dos propuestas: un Reglamento por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 6/2002 del Consejo sobre los dibujos y modelos comunitarios y una Directiva sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos (refundición de la Directiva 98/71/CE).
Líneas maestras de los temas propuestos
La Directiva y el Reglamento propuestos actualizan la legislación vigente, de 1998 y 2002 respectivamente, y facilitarán el procedimiento de registro de dibujos y modelos a escala de la UE, además de armonizar aún más los procedimientos entre los sistemas europeos y nacionales. La Directiva también introduce nuevas normas para proteger los dibujos y modelos que pueden reproducirse con impresión 3D.
Lo que es más importante, la revisión tiene por objeto seguir armonizando la protección de los dibujos y modelos de las piezas de recambio utilizadas para la reparación de productos complejos (por ejemplo, piezas de carrocería de automóviles). Este paso liberalizará el mercado de piezas de recambio y se reducirán los precios para los consumidores. Esta «cláusula de reparación» está pensada únicamente para los dibujos y modelos futuros, pero mantendrá la protección de los dibujos y modelos existentes durante un período de diez años.
El mandato del Consejo
El Consejo apoya los principales objetivos del paquete (es decir, mantiene el concepto de «cláusula de reparación» propuesto por la Comisión), pero introduce varias mejoras, entre ellas:
- Una actualización de las definiciones de «dibujo o modelo» y «producto» para adaptarlas a la era digital y a los futuros avances tecnológicos. Por ejemplo, «digital» se ha sustituido por «no físico».
- Una simplificación de los requisitos de representación del dibujo o modelo, de modo que, aunque en la fecha de la solicitud falten algunos documentos, el dibujo o modelo puede aún registrarse en esa fecha, siempre que la representación del dibujo o modelo sea suficientemente clara.
- La introducción de flexibilidad para que los diseñadores puedan aplazar la publicación de su dibujo o modelo durante un plazo de hasta treinta meses, con la posibilidad de que los Estados miembros den a los titulares de los derechos sobre el dibujo o modelo la opción de interrumpir el aplazamiento a petición suya (y no al final del período de aplazamiento).
- Una aclaración de las normas para declarar nulos los derechos sobre dibujos y modelos, con la posibilidad de que los Estados miembros establezcan un procedimiento administrativo de recurso, de modo que las partes no tengan que acudir a los tribunales.
- La garantía de que las tasas de protección exclusivamente nacional deben seguir siendo más baratas que las europeas.
- La posibilidad de acumular la protección de los dibujos y modelos y los derechos de autor, incluida la legislación nacional en materia de derechos de autor.
- Un período de transposición de treinta y seis meses (en lugar de veinticuatro) a fin de que los Estados miembros dispongan de más tiempo para adoptar las medidas necesarias para aplicar la nueva legislación.
Actuaciones futuras
La orientación general acordada hoy formaliza la posición negociadora del Consejo. Proporciona a la Presidencia del Consejo un mandato de negociación con el Parlamento Europeo, que se iniciará tan pronto como el Parlamento adopte su posición.