No es contrario a derecho el desistimiento del recurso de apelación contra una decisión que admitió una declinatoria arbitral (AAP Valencia 9ª 18 febrero 2021)

El Auto de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Novena, de 18 de febrero de 2021 confirma el auto del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia aprecio su falta de jurisdicción  para el conocimiento de las actuaciones, con abstención y sobreseimiento de lo actuado, por corresponder a la Corte de Arbitraje instruida en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Valencia. Tras la interposición del correspondiente recurso las partes llegaron a a un acuerdo. En consecuencia la Sala dispone que :

«(…)  La sala ha examinado el documento adjunto a la solicitud descrita en el apartado precedente, del que resulta que: 1) la resolución que dio lugar al recurso es un auto resolutorio de cuestión de competencia por declinatoria derivada de la sumisión de la cuestión litigiosa a arbitraje. 2) Fuera del ámbito del procedimiento indicado, las partes han llegado a un acuerdo para la determinación del importe del crédito a favor de R.H. SL en la cantidad de 37.000 euros, con renuncia a las acciones que pudieran corresponderle una vez percibido el indicado importe en la forma que se describe en el documento. 3) Una vez verificado el pago, acordaban la comunicación a la Sección 9ª para solicitar el archivo definitivo del recurso de apelación sin condena en costas. Dicho este, no siendo contrario a derecho el desistimiento del recurso de apelación por parte de quien ha promovido el mismo frente a una concreta decisión judicial, la sala acuerda tener por efectuada dicha disposición del proceso, y por terminado el presente rollo de apelación, sin hacer pronunciamiento impositivo en costas, y sin que tal decisión deba entenderse en perjuicio de derecho de terceros

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