El DO de 30 de abril de 2021 publica el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra. Dicho Acuerdo entra en vigor el 1 de mayo de 2021.
El ejercicio de la competencia de la Unión mediante el Acuerdo de Comercio y Cooperación se entenderá sin perjuicio de las respectivas competencias de la Unión y de los Estados miembros en toda negociación, firma o celebración en curso o futuras de acuerdos internacionales con cualquier otro tercer país, o en relación con toda negociación, firma o celebración futuras de acuerdos complementarios tal como se prevén en el artículo 2 del Acuerdo de Comercio y Cooperación.
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación o notificaciones previstas en el Acuerdo de Comercio y Cooperación, incluida la notificación sobre el cumplimiento de los requisitos y los procedimientos internos para establecer su consentimiento a vincularse, y en el artículo 19, apartado 1, del Acuerdo de Seguridad de la Información.