Instrucciones para la concesión de residencia y trabajo de nacionales de terceros países enrolados en buques pesqueros de pabellón español

El Consejo de Ministros de 5 de abril de 2019  ha aprobado las instrucciones para la para la concesión de residencia y trabajo de nacionales de terceros países enrolados en buques pesqueros de pabellón español que faenen fuera de la Zona Económica Exclusiva de España y del Mar Mediterráneo, sin que exista acuerdo internacional de pesca. A las presentes instrucciones podrán acogerse en calidad de empleadores las empresas que soliciten, a través de sus representantes legales en España, la contratación de trabajadores nacionales de terceros países en buques pesqueros que enarbolen pabellón español. Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Buques y Empresas Navieras y dadas de alta en el Registro General de la Flota Pesquera. Con esta instrucción, se diseña un nuevo procedimiento en el que el enrole autoriza provisionalmente a trabajar y, por tanto, a su alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del Mar. En paralelo a esa autorización provisional, se tramitará la autorización correspondiente por parte de la empresa contratante ante la Oficina de Extranjería. De esta forma, se tienen en consideración las especiales y singulares características del sector pesquero español, que necesita emplear a un número importante de nacionales de terceros países, debido, entre otras cuestiones, al hecho de que muchos de los barcos que faenan en aguas internacionales no vuelven a puerto español en varios años y desembarcan sus capturas en puertos extranjeros. Además, se da satisfacción a necesidades del sector pesquero, que venía solicitando reiteradamente que se diera solución práctica al complejo proceso que debían afrontar para la contratación de tripulantes extranjeros.

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