Turquía ha solicitado la celebración de consultas en la OMC con los Estados Unidos en relación con los derechos de importación adicionales impuestos por los Estados Unidos a los productos de acero y aluminio. La solicitud se distribuyó a los Miembros de la OMC el 20 de agosto de 2018. La referida solicitud se realiza de conformidad con los artículos 1 y 4 del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias (ESD), el párrafo 1 del artículo XXII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994) y el artículo 14 del Acuerdo sobre Salvaguardias con respecto a determinadas medidas impuestas por los Estados Unidos que afectan a las importaciones de acero y aluminio en los Estados Unidos. Estas medidas imponen, entre otras cosas, tipos de derecho ad valorem adicionales a las importaciones de determinados productos de acero y aluminio, y eximen a determinados Miembros de la OMC seleccionados de la aplicación de las medidas. Estas medidas afectan desfavorablemente a las exportaciones de dichos productos de Turquía a los Estados Unidos. Como es bien sabido, la solicitud de celebración de consultas inicia formalmente una diferencia en la OMC. Las consultas dan a las partes la oportunidad de debatir la cuestión y encontrar una solución satisfactoria sin llegar al litigio. Pasados 60 días, si las consultas no han permitido resolver la diferencia, el reclamante puede pedir que la resuelva un grupo especial.