La Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, de 21 de septiembre de 2017, estima una declinatoria de falta de jurisdicción internacional declarándose la falta de competencia de los órganos jurisdiccionales españoles. En el fallo se afirma que «esta Sala ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la misma cuestión que constituye el objeto del presente recurso de apelación, concretamente la determinación de la jurisdicción internacional aplicable para el conocimiento de pretensiones de nulidad contractual formulada respecto de contratos suscritos con la entidad mercantil Club La Costa Vacation Club Ltd. con el mismo contenido que el que aquí nos ocupa. Se trata de los Autos de la AP de Málaga, sección cuarta, de fechas 30 de junio de 2014 y de 17 de marzo de 2015. La existencia de precedentes pronunciamientos de esta Sala sobre la misma cuestión lleva a cuestionarnos la posible vulneración del principio de igualdad ante la ley del art. 14 CE y del derecho fundamental de tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24 CE , ante la eventualidad de que sobre hechos iguales se dictasen resoluciones contradictorias por el mismo tribunal y sobre una misma cuestión».