La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, Sala de la social, de 19 de enero de 2017, anula una Sentencia del Juzgado de la Social de Palma de Mallorca por haber denegado a la parte actora de la posibilidad de subsanar la deficiente aportación de la documental (holiday concesions, redactadas en idioma inglés sin la pertinente traducción), lo cual ocasionó a dicha parte indefensión, Considera el TSJ que «la regulación en la Ley Procesal Laboral de las diligencias finales es mucho más flexible que la regulación contenida en el art. 435.2º LEC, que contempla la práctica de tales diligencias de forma excepcional y mucho más estricta. Y ello es natural, teniendo en cuenta la diferente naturaleza que posee el proceso laboral frente al proceso civil». Ello no avala ni sanciona la defectuosa aportación de los documentos, que hubo de hacerse acompañando la debida traducción de los mismos a lengua oficial en las Islas Baleares. Pero, ofrecida la posibilidad de subsanación por la parte actora, entiende el TSJ la Juzgadora debió haberla atendido, y haber conferido plazo a la demandante para aportar la correspondiente traducción de los documentos aportados. Unida la traducción a los autos y previa audiencia de la parte demandada, hubiera debido procederse entonces a dictar sentencia».