El ICAM analizó el nuevo papel de los MASC en los procesos de familia tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 (18 marzo 2025)

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) celebró el 18 de febrero de 2025 una jornada clave para el futuro de la justicia familiar, en la que se abordó el uso de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como requisito de procedibilidad en los procesos de familia, según lo establecido en la recién estrenada Ley Orgánica 1/2025, que entró en vigor el pasado 18 de marzo.

La sesión, organizada conjuntamente por la Sección de MASC y la Sección de Familia y Sucesiones del ICAM, en colaboración con mediaICAM —el centro de resolución de conflictos del Colegio—, llevó por título “Los MASC como requisito de procedibilidad en los Procesos de Familia, a raíz de la Ley 1/2025”. La cita congregó a un nutrido grupo de expertos y profesionales del ámbito jurídico que analizaron las consecuencias prácticas de esta nueva obligación legal y reflexionaron sobre el potencial transformador de la mediación y otros métodos alternativos en los conflictos familiares.

La sesión fue inaugurada por la diputada de la Junta de Gobierno del ICAM, Ester Mocholí, quien defendió el compromiso del Colegio con la promoción de la mediación como una vía efectiva y humana para resolver conflictos familiares. Mocholí subrayó que mediaICAM , desde su creación en 2011, había gestionado 574 expedientes, con una tasa de acuerdos superior al 70%.»Creemos firmemente en el valor de los MASC. No se trata solo de evitar juicios innecesarios, sino de promover una sociedad menos enfrentada y más constructiva», afirmó.

Desarrollo de las ponencias

La jornada estuvo moderada por el abogado Rafael Chacón y contó con la participación de juristas de referencia como Helena Soleto, catedrática de Derecho Procesal y copresidenta de la Sección de MASC; Alejandro Sánchez, abogado de familia y mediador; y Ana Palomeque Rivas, responsable de mediaICAM. Todos ellos coincidieron en que la Ley planteaba una transformación profunda en la forma de ejercer la abogacía, y en que los abogados debían situarse en el centro de esa transición. Concretamente, Ana Palomeque defendió que “los MASC no son un problema, sino los nuevos compañeros de viaje de la abogacía”; y agregó que, aunque la norma presentaba algunas lagunas, el reto ahora era entenderla y aplicarla con responsabilidad. Desde su punto de vista, el abogado tiene la obligación ética y profesional de orientar a sus clientes hacia la solución más adecuada, y no necesariamente hacia el litigio.

Paloma Zabalgo, presidenta de la Sección de Familia, recordó que muchos abogados ya estaban habituados a negociar antes de acudir a juicio. «Esperamos que esta transición no sea tan compleja como parece. Ya veníamos resolviendo muchos asuntos con diálogo. Ahora solo se nos exige que lo documentemos correctamente», señaló.

Helena Soleto, quien participó en la elaboración de la ley tras años de debate, aseguró que el verdadero cambio radicaba en el nuevo protagonismo del abogado como facilitador del acuerdo. «Ya no se mira con buenos ojos al abogado que lleva todo un juicio de forma automática. La ley premia al que busca el acuerdo», explicó. Insistió en que la abogacía debía conocer bien los MASC y su aplicación concreta para poder asesorar con eficacia. También recordó que muchos profesionales que querían negociar se habían topado en el pasado con obstáculos, y que ahora la ley les daba herramientas e incentivos para avanzar en esa dirección. Soleto precisó que, en el ámbito de la familia, la mayoría de los asuntos estarían sujetos al requisito de procedibilidad, salvo en casos de filiación o discapacidad, añadiendo que los acuerdos debían ser revisados por la fiscalía y el juez, y que era esencial dejar constancia escrita de cualquier intento de acuerdo. «La buena fe debe guiar estos procesos. No se trata de cumplir un trámite, sino de buscar soluciones reales», concluyó.

En la misma línea, Alejandro Sánchez, con décadas de experiencia en mediación familiar, señaló que muchas de las dudas actuales surgían del desconocimiento. Destacó que en asuntos urgentes, como los relativos a la protección de menores, la ley no exigía MASC, pero sí en la mayoría de los procedimientos de familia. Lamentó que aún existieran que abogados apostaran por el conflicto antes que por el diálogo, aunque valoró positivamente que esta reforma ofreciera un respaldo normativo a quienes llevaban años trabajando por la vía del entendimiento. Sánchez recomendó familiarizarse con los seis tipos de MASC reconocidos por la normativa y subrayó que, en esta nueva etapa, el reto sería documentar correctamente la negociación e identificar el método más adecuado según cada caso. «Ahora no basta con decir que se intentó el acuerdo. Habrá que demostrarlo. Y para eso es clave actuar con rigor, transparencia y buena fe», apuntó. “En los procedimientos de familia, quienes realmente ganan cuando se alcanza un acuerdo no son las partes, sino la propia familia”, resumió Sánchez, en una frase que quedó flotando en el ambiente como una llamada al sentido común ya la justicia con rostro humano.

Oportunidad para consolidar una cultura jurídica más dialogante y centrada en el acuerdo

Durante la jornada se abordaron también cuestiones técnicas como el papel del Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), que deberán verificar la existencia de ese intento de acuerdo previo a la admisión de la demanda. Los expertos coincidieron en que será necesario unificar criterios para evitar inseguridad jurídica. La implementación de la Ley 1/2025 supone una oportunidad para consolidar una cultura jurídica más dialogante y centrada en el acuerdo. Si bien la etapa inicial vendrá inevitablemente marcada por la adaptación y el aprendizaje, tanto los ponentes como los asistentes expresaron su confianza en que los abogados sabrían asumir su nuevo papel con responsabilidad, formación y sentido ético.

Una de las ideas más repetidas fue la necesidad de formación especializada parapara todos los operadores jurídicos implicados —abogados, jueces, fiscales y mediadores—, así como una mayor concienciación social sobre el valor y la eficacia de los MASC. Se hizo especial hincapié en el impacto positivo de la mediación en la protección de los menores, quienes a menudo son los más afectados por los procesos contenciosos entre progenitores. Los ponentes coincidieron en que reducir la confrontación y fomentar el diálogo repercute directamente en su bienestar emocional y psicológico.

La jornada concluyó con un animado turno de preguntas y debate, en el que se puso de manifiesto tanto el entusiasmo como las inquietudes de los asistentes ante el nuevo escenario jurídico. Se debatieron los principales retos de la implementación de esta ley, como la necesidad de dotar de recursos suficientes a los servicios de mediación o asegurar la homogeneidad en su aplicación en todo el territorio nacional. No obstante, también se destacaron las oportunidades que abre esta reforma para construir una justicia más cercana, eficiente y adaptada a las necesidades reales de las personas.

Tanto los ponentes como los asistentes coincidieron en que la entrada en vigor de la Ley 1/2025 marca un punto de inflexión en el tratamiento de los conflictos familiares. El nuevo marco legal no solo impone una obligación, sino que invita a repensar profundamente la forma en que se concibe y practica la justicia en este ámbito. En palabras compartidas durante la jornada, los MASC no son una vía alternativa, sino una vía esencial para alcanzar acuerdos duraderos y preservar las relaciones personales en contextos tan delicados como el familiar.

Con esta jornada, el ICAM volvió a demostrar su papel de vanguardia en el impulso de una justicia más humana, eficaz y centrada en las personas, reafirmando su apuesta decidida por la mediación y los métodos de resolución dialogada como pilares de la abogacía del presente y del futuro.

Deja un comentarioCancelar respuesta