El ICAM aprueba los nuevos Estatutos de media-ICAM para reforzar la mediación y los MASC (23 junio 2025)

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) aprobó los nuevos Estatutos del Centro de Gestión de Conflictos media-ICAM, con el propósito de consolidar a la institución como referente en mediación y en la gestión de medios adecuados de solución de controversias (MASC). La reforma se enmarca en la estrategia del Colegio de fomentar una cultura de paz, ampliar la oferta de servicios profesionales y garantizar estándares de calidad en los procesos extrajudiciales de resolución de disputas.

Los estatutos sitúan al Centro como unidad funcional del ICAM, independiente de la Corte de Arbitraje, y confirman que su finalidad es el fomento, desarrollo y gestión de los MASC, así como la formación y la investigación en esta materia. Además, establecen expresamente que sus actividades comprenden la mediación en cualquier materia permitida por la ley, la conciliación privada en honorarios profesionales, la negociación asistida, el derecho colaborativo y otros sistemas de gestión de conflictos.

Principales novedades

  • Ámbito y objeto. Las normas aprobadas son de obligado cumplimiento para todas las mediaciones administradas por media-ICAM y para las personas que intervienen en ellas. Se establecen principios de actuación basados en la buena fe, la imparcialidad y el respeto al orden público.
  • Funciones del Centro. Incluyen la administración de mediaciones y otros MASC, la designación y confirmación de profesionales, la colaboración con órganos jurisdiccionales y administraciones, la elaboración de estudios e informes, así como la organización de cursos, jornadas y congresos en torno a la gestión de conflictos.
  • Acceso y permanencia. Se detallan los requisitos para pertenecer al listado de mediadores/as, como ser colegiado del ICAM, carecer de sanciones profesionales, contar con seguro de responsabilidad civil y acreditar formación suficiente. También se exige formación continua de al menos 20 horas cada cinco años para mantener la inscripción activa.
  • Deberes de los mediadores. Se refuerzan obligaciones esenciales: revelar posibles conflictos de interés, abstenerse en caso de imparcialidad comprometida, actuar con veracidad respecto a su experiencia y garantizar la igualdad de trato de las partes. Además, se prohíbe prestar servicios distintos a la mediación durante el proceso o asesorar posteriormente sobre el asunto mediado.
  • Régimen disciplinario. Los mediadores y otros profesionales MASC quedan sujetos a un sistema de control ético y sancionador que contempla la baja automática en caso de incumplimientos graves, como la falta de acreditación de formación continua o la inobservancia de los principios de independencia e imparcialidad.

Un paso estratégico

Con estas reformas, el ICAM refuerza la independencia funcional de media-ICAM, asegura mayor transparencia en la designación de profesionales y establece protocolos claros para la calidad y el seguimiento de los procesos de mediación. Además, los estatutos impulsan la colaboración institucional, tanto con organismos públicos como con entidades privadas, y garantizan la adaptación del Centro a las exigencias de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles y a las normativas autonómicas aplicables.

El nuevo marco normativo consolida la posición de media-ICAM como una institución pionera en mediación en España, capaz de responder a la creciente demanda de métodos adecuados de resolución de conflictos y de garantizar a la ciudadanía procesos confiables, profesionales y accesibles.

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