Firma del Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa (15 marzo 2021)

Antecedentes

España propuso en marzo de 2019 iniciar negociaciones para la firma de un acuerdo bilateral de nacionalidad con las autoridades galas. De esta forma, se entregó a través de la embajada de España en París un proyecto del convenio que hoy se ha firmado.

Las negociaciones se  prolongaron hasta septiembre de 2020, momento en que se alcanzó un consenso con las autoridades francesas sobre la redacción del texto

El Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020 autorizó la firma del Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa

Firma

El 15 de marzo de 2021 el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, y el presidente de la República francesa, Emmanuel Macron, firmaron el Convenio, cuyo objetivo es dejar de exigir a los ciudadanos de ambos países la renuncia a su nacionalidad de origen cuando adquieran la nacionalidad de la otra parte. No se prevén vías privilegiadas de acceso a la nacionalidad ni una reducción del número de años para la obtención de la nacionalidad española por residencia, que seguirá siendo de diez años para los ciudadanos franceses. El acuerdo ha sido rubricado con motivo de la cumbre hispano-francesa este lunes en la localidad gala de Montauban. Según los cálculos del propio Sánchez, la medida podría favorecer a más de 350.000 españoles en Francia y a otros 160.000 franceses que están en España.

4 comentarios

    • Administrador – Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
      Administrador dice:

      Previsiblemente el Convenio entrará en vigor muy pronto.

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