La Comisión publica un documento sobre “Las consecuencias de la retirada del Reino Unido de la UE en el ámbito de la justicia y del Derecho internacional privado”

Una vez finalizado el período de transición, está prevista la aplicación de un complejo mecanismo normativo en el ámbito de la justicia y del Derecho internacional privado que se encuentran en un documento de la Comisión sobre las: “Las consecuencias de la Retirada del Reino Unido de la UE en el ámbito de la justicia y del Derecho internacional privado”, publicado el 27 de agosto de 2020.

Desde el 1º de febrero de 2020, el Reino Unido se ha retirado de la Unión Europea y se ha convertido en un «tercer país». El Acuerdo de Retirada prevé un período de transición que termina el 31 de diciembre de 2020. Hasta esa fecha, la legislación de la Unión Europea se aplica en su totalidad al Reino Unido. Durante el período de transición, la Unión Europea y el Reino Unido deberían negociar un acuerdo sobre una nueva asociación, en el que se estableciese, en particular, una zona de libre comercio. Sin embargo, no es seguro que ese acuerdo, si se celebra, entre en vigor al final del período de transición. En cualquier caso, ese acuerdo crearía una relación que, en lo que respecta a las condiciones de acceso al mercado, sería muy diferente de la participación del Reino Unido en el mercado interior y en la Unión Aduanera de la UE. Además, una vez finalizado el período de transición, el Reino Unido será un tercer país en lo que respecta a la ejecución y aplicación de la legislación de la UE en los Estados miembros de la UE. Por consiguiente, se recuerda a todas las partes interesadas, y especialmente a los operadores económicos, la situación jurídica después del final del período de transición.

El referido documento responde puntualmente a las siguientes cuestiones: 1. JURISDICCIÓN INTERNACIONAL: A) Procedimientos legales instituidos antes del final del período de transición, B) Procedimientos instituidos para después del final del período de transición . 2. DERECHO APLICABLE EN MATERIA CONTRACTUAL Y NO CONTRACTUAL: A) Obligaciones contractuales: a) Normas sobre el derecho aplicable en el Reino Unido; b) Normas sobre el derecho aplicable en la UE .B) Obligaciones no contractuales: a) Normas sobre el derecho aplicable en el Reino Unido; b) Normas sobre el derecho aplicable en la UE. 3. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN: A) Procedimientos incoados antes del final del período de transición; B. Procedimientos instituidos para después del final del período de transición. C) Aspectos relacionados con los acuerdos de elección de foro. 4. PROCEDIMIENTOS EUROPEOS ESPECÍFICOS. 5. PROCEDIMIENTOS DE COOPERACIÓN JUDICIAL ENTRE ESTADOS MIEMBROS. 6. INSOLVENCIA: A) Procedimientos principales abiertos antes del final del período de transición; B) Procedimientos principales abiertos para después del final del período de transición . 7. OTROS ASUNTOS: A) Documentos públicos; B) Asistencia jurídica; C) Mediación; D) Portal europeo de justicia electrónica

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