La Cour d’appel de París confirma un laudo CCI que aplicó exclusivamente los Principios UNIDROIT con «lex contractus» (SCA París 25 febrero 2020)

La Sentencia de la Cour d’appel de París – Pôle 01 ch. 01, de 25 de febrero de 2020 – n° 17/18001 confirmó  un laudo de la CCI en el que el tribunal arbitral aplicó exclusivamente los Principios de los Contratos Comerciales Internacionales de UNIDROIT como lex contractus que no cumplía ningún acuerdo sobre la ley aplicable entre las partes. La Cour d’appel  confirma que un tribunal arbitral puede hacer una aplicación exclusiva válida de los Principios en caso de que el contrato guarde silencio sobre la materia y las partes posteriormente no lleguen a un acuerdo sobre la ley aplicable. También confirma que un tribunal arbitral que aplica los Principios no falla en equidad. distinguiendo claramente entre la aplicación de los Principios, que son un conjunto particular de principios y normas de Derecho contractual son comunes a los sistemas jurídicos nacionales existentes y adaptados a los requisitos especiales internacionales transacciones comerciales  y el concepto de amigable composición, en plena coherencia con la sentencia anterior de la Cour de cassation seg´´un la cual un tribunal arbitral que aplica la lex mercatoria no falla en equidad (Tribunal de Casación, 22 de octubre de 1991, n. 89-21.528). La sentencia también suministra  una guía útil sobre el ámbito discrecional de los árbitros bajo la ley francesa para aplicar principios transnacionales, como los Principios de UNIDROIT, cuando las partes no han acordado expresamente una ley aplicable a sus procedimientos de arbitraje.

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