El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio de 2019, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 4088-2019, promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con los artículos 5; 6; 7; 8.2, 3 y 4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y 4; 39.3.b), 4.c) y 4.e) del Reglamento de Adopción Internacional aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo.
Según el conseller de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat, Chakir el Homrani, existían competencias que se respetaban gracias a un acuerdo en comisión bilateral, mientras que en el nuevo reglamento «se limita la capacidad que tiene la Generalitat en adopciones», que suponen el 28% de las adopciones en el Estado en 2018. En opinión del Gobierno catalán el nuevo texto centraliza las decisiones en el Estado, que es el que acreditará las entidades, y los cambios ralentizarán los trámites perjudicando a los ciudadanos.
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