Refuerzo del sistema de acogida para solicitantes de asilo y beneficiarios de protección internacional

El Consejo de Ministros del 19 de julio de 2019 aprobó un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 441/2007, de 3 de abril, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades y organizaciones que realizan actuaciones de atención humanitaria a personas inmigrantes.

Desde el año 2014, se ha producido un fuerte incremento del número de personas solicitantes de protección internacional llegadas a España. En lo que llevamos de 2019 más de 56.000 personas han presentado solicitud de asilo, una cifra que ya supera a la registrada en todo 2018. Conforme a la normativa española y europea, tanto los solicitantes como los beneficiarios de protección internacional que se encuentren en situación de vulnerabilidad deben ser atendidos y acogidos de manera digna, cubriéndose sus necesidades básicas.

El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros dota de herramientas  para financiar actuaciones destinadas a los solicitantes y beneficiarios de protección internacional. En la práctica, esto supondrá que los recursos destinados inicialmente a atender las llegadas a costas podrán dedicarse también, cuando sea necesario, a la atención de solicitantes y beneficiarios de protección internacional, que, como hasta ahora, seguirá siendo prestada por organizaciones especializadas en materia de refugio y asilo.

Un comentario

  1. Administrador – Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
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