El DO de 24 de mayo de 2019 publica el Reglamento (UE) 2019/816 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se establece un sistema centralizado para la identificación de los Estados miembros que poseen información sobre condenas de nacionales de terceros países y apátridas (ECRIS-TCN) a fin de complementar el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales.
La Unión se ha fijado el objetivo de ofrecer a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores en el que esté garantizada la libre circulación de personas. Ese objetivo debe alcanzarse mediante, entre otras vías, medidas adecuadas para prevenir y combatir la delincuencia, con inclusión de la delincuencia organizada y el terrorismo. Dicho objetivo exige que la información sobre condenas pronunciadas en los Estados miembros se tenga en cuenta fuera del Estado miembro de condena tanto en el curso de un nuevo proceso penal, según lo previsto en la Decisión Marco 2008/675/JAI del Consejo, así como para prevenir nuevas infracciones. El marco actual del ECRIS podría, pues, utilizarse para solicitar información sobre antecedentes penales a esos Estados miembros de conformidad con la Decisión Marco 2009/315/JAI.
El presente reglamento, que modifica el Reglamento (UE) 2018/1726 establece un sistema que permite a las autoridades centrales de un Estado miembro averiguar de forma inmediata y eficaz que Estados miembros disponen de información sobre antecedentes penales de un nacional de un tercer país (en lo sucesivo, «ECRIS-TCN»). Con este propósito el Reglamento establece normas para crear un sistema centralizado a escala de la Unión que contiene los datos personales y las normas sobre el reparto de responsabilidades entre el Estado miembro y la organización responsable del desarrollo y mantenimiento del sistema centralizado, así como cualesquiera otras disposiciones específicas sobre protección de datos que sean necesarias para completar las medidas existentes en esa materia y garantizar un nivel general adecuado de protección y de seguridad de los datos, y la protección de los derechos fundamentales de las personas interesadas. El objetivo de ofrecer a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, dentro del cual esté garantizada la libre circulación de personas, exige igualmente que la información sobre las condenas sea completa, incluso en lo que se refiere a los ciudadanos de la Unión que tengan también la nacionalidad de un tercer país.