La Unión Europea persiste en su acción decidida ante la OMC contra las transferencias forzosas de tecnología impuestas por China

La Unión Europea ha impugnado el 20 de diciembre de 2018 ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) las prácticas sistémicas que obligan a las empresas europeas a ceder tecnología y conocimientos sensibles como condición previa para hacer negocios en China. Esta acción judicial se suma al procedimiento iniciado por la UE en junio de 2018. Con este paso, la UE amplía y profundiza de forma significativa el alcance de su acción ante la OMC contra las medidas chinas sobre transferencias forzosas de tecnología. Este paso tiene lugar tras las constataciones adicionales sobre la incompatibilidad de las medidas chinas relativas a la autorización de inversiones y a la protección de los derechos de propiedad intelectual de las empresas extranjeras con las normas multilaterales acordadas. En su solicitud revisada presentada ante la OMC, la UE impugna las leyes chinas que regulan: – la autorización de inversiones en el ámbito de los vehículos eléctricos (vehículos propulsados por energías alternativas) y la biotecnología (semillas), que forman parte de los sectores estratégicos del plan «Made in China 2025»; – la autorización de empresas conjuntas en todos los sectores, ya que imponen prescripciones en materia de resultados a las empresas extranjeras que operan en China, y limitan la libertad económica y contractual de las empresas extranjeras en las inversiones y la transferencia de tecnología. Las denominadas «prescripciones en materia de resultados» obligan o inducen a las empresas europeas a transferir tecnología a sus empresas conjuntas con socios chinos a cambio de las autorizaciones administrativas necesarias otorgadas por las autoridades chinas. Las empresas extranjeras también están obligadas a llevar a cabo actividades de investigación y desarrollo en China. Cuando China se adhirió a la OMC, se comprometió a no imponer prescripciones en materia de resultados a cambio de autorizaciones de inversión, y a respetar la libertad contractual de las empresas en el país, en particular en el contexto de las inversiones y las transferencias de tecnología. Por lo tanto, la UE sostiene que las medidas estratégicas actuales de China constituyen un quebrantamiento de los compromisos jurídicos de ese país. Las medidas impugnadas hoy vienen a añadirse a las que figuraban en la acción judicial inicial de la UE lanzada en junio de 2018. La solicitud anterior se refería a las disposiciones del reglamento sobre importación y exportación de tecnología («TIER») y el reglamento para la aplicación de la ley sobre empresas conjuntas chino-extranjeras («Reglamento JV»), ya que contravienen las normas de la OMC en materia de igualdad de trato para las empresas nacionales y extranjeras y limitan indebidamente los derechos de las empresas de la UE, entre otros, en relación con las patentes. Debe recordarse que la solicitud de consultas inicia formalmente los procedimientos de solución de diferencias de la OMC. Si las consultas no alcanzan una solución satisfactoria en un plazo de sesenta días, la UE podrá solicitar a la OMC que cree un grupo especial que se pronuncie sobre si las medidas chinas son compatibles con las normas de la OMC.

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