El Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente de 25 de junio de 1998 establece que, en determinados casos, las personas físicas o jurídicas (tales como organizaciones no gubernamentales, «ONG») pueden interponer un recurso ante un órgano judicial o ante otro órgano independiente contra actos u omisiones de particulares o de autoridades públicas. El calendario y un marco jurídico claro son de especial importancia para las pequeñas y medianas empresas («pymes») que no pueden permitirse unos procedimientos de autorización innecesariamente prolongados y la incertidumbre asociada a los riesgos y el ámbito de aplicación de los litigios. Las empresas también pueden verse afectadas cuando el acceso ineficaz a la justicia contribuye a que no se les ofrezca el medio ambiente limpio del que muchas de ellas dependen o a que los Gobiernos no realicen inversiones favorables para la economía verde. Tras considerar diferentes opciones, la ha decidido que la forma más adecuada y efectiva de abordar los problemas sería mediante una comunicación interpretativa sobre el acceso a la justicia en materia medioambiental (la presente comunicación). Este es el objeto de la Comunicación de la Comisión relativa al acceso a la justicia en materia medioambiental (2017/C 275/01), que publica el DO de 18.8.2017. en concreto, facilitar el acceso a los órganos jurisdiccionales nacionales mediante la explicación y la interpretación de los requisitos jurídicos existentes. Por consiguiente, contribuye a una mejor aplicación del Derecho de la UE. Con ello se pretende ayudar a los Estados miembros, a los órganos jurisdiccionales nacionales, a los profesionales de la Justicia y a los ciudadanos. La Comisión llevará a cabo con interés un seguimiento sobre cómo utilizan la comunicación los beneficiarios previstos y sobre cómo evoluciona en toda la UE el acceso a la justicia en asuntos vinculados con el medio ambiente.