Denegación de una solicitud de adquisición de nacionalidad española conforme a la previsión efectuada por la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007, por no haberse acreditado que la abuela de la solicitante tuviera la condición de exiliada

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Décima, de 13 de diciembre de 2016 deniega una solicitud de adquisición de nacionalidad española conforme a la previsión efectuada por la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, tanto por vía del apartado 1 como del apartado 2, por no haberse acreditado que la abuela de la demandante tuviera la condición de exiliada que, a los efectos de la normativa española, debe interpretarse como la expatriación como consecuencia de la Guerra Civil y/o del régimen posterior hasta la instauración de la democracia.

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