Categoría: Reglamento (UE) nº 1215/2012
Competencia de los Tribunales españoles para conocer de la demanda interpuesta en reclamación de una indemnización por denegación de embarque y de cancelación o gran retraso en los vuelos (AAP Mallorca 5ª 4 mayo 2022)
Estimación de una declinatoria internacional con respaldo en los preceptos de la Ley de Navegación Marítima (AAP Barcelona 18 marzo 2019)
Ni el Reglamento UE nº 1215/12 ni el nº 650/12 son temporalmente aplicables al presente caso dada la fecha de fallecimiento de los testador (SAP Barcelona 29 noviembre 2018)
Si se ha aceptado la competencia internacional para el porteador ello supone la asunción de la competencia para la reclamación que deriva de la misma bien afecte a estos o bien afecte al transitario (AAP Almería 2 mayo 2018)
La competencia de los tribunales españoles queda fijada cuando los servicios se hayan prestado en España o el contrato de embarque se haya celebrado en territorio español
En el procedimiento monitorio europeo, previo a resolver sobre la falta de competencia internacional debe darse audiencia a las partes y al Ministerio Fiscal
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