Categoría: Tratado entre el Reino de España y la República Popular China de 2 de mayo de 1992
Procedencia de la suspensión del procedimiento por litispendencia al ante la resolución que pueda dictar el Tribunal Popular del Distrito de Chaoyang de Beijing, en demanda de divorcio (AAP Huesca 1ª 2 julio 2024)
Procede el execuátur al no concurrir rebeldía, pues la interesada fue citada por el Tribunal chino pero no se personó ni participó en el litigio (AAP Valencia 23 julio 2018)
La imposibilidad de revisar la sentencia firme es algo distinto a la cosa juzgada en el execuátur de sentencias chinas (AAP Madrid 14ª 25 mayo 2017)
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