El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI ha hecho pública una Nota sobre el uso de la inteligencia artificial en sus procedimientos de resolución alternativa de controversias. El documento fija los principios que deben regir la utilización de estas herramientas por árbitros, mediadores, expertos, partes y abogados, con el propósito de aprovechar sus ventajas sin comprometer la integridad, la confidencialidad y las garantías propias del procedimiento arbitral.
Nota
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (Centro de la OMPI) reconoce que las herramientas de IA tienen el potencial de mejorar la eficiencia de los procedimientos de mediación, arbitraje, arbitraje acelerado y determinación pericial de la OMPI. Todo uso de la IA (incluida la IA generativa u otras formas de IA) debe ajustarse al Reglamento de la OMPI y a los principios generales establecidos en esta nota.
- Principios generales. Los participantes en los procedimientos de resolución alternativa de controversias de la OMPI, incluidos los mediadores, árbitros, expertos, partes y sus representantes autorizados, deben garantizar que el uso de la IA:
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- Cumpla con cualquier acuerdo de las partes en relación con los procedimientos; • Sea coherente con las Reglas de la OMPI aplicables , en particular, las obligaciones relativas a la confidencialidad; • Preserva la integridad, la imparcialidad y la independencia de los procedimientos; • Cumpla con las Directrices del Centro de la OMPI sobre la protección de datos personales ; • Asegure que el juicio y la toma de decisiones humanas sigan siendo fundamentales para la resolución de la controversia y que las herramientas de IA no se utilicen como sustituto del ejercicio independiente de las obligaciones profesionales; y • Tenga en cuenta cualquier deber legal, legislación, normas o códigos de conducta profesional a los que un participante pueda estar sujeto en relación con el uso de la IA o sus resultados.
- Precisión de la salida generada por IA. Los participantes en los procedimientos de resolución alternativa de controversias (RAM) de la OMPI pueden utilizar herramientas de IA como apoyo, sin delegar ni menoscabar sus respectivas responsabilidades en el marco de dichos procedimientos. Deben ejercer la debida diligencia y discernimiento respecto a las herramientas de IA que utilicen, incluyendo la conservación de la información para el entrenamiento de los modelos de IA y el cumplimiento de la legislación aplicable, y asumir la plena responsabilidad por cualquier confianza depositada en los resultados de dichas herramientas. Los participantes deben tener en cuenta que las herramientas de IA pueden, en ocasiones, generar información inexacta, incompleta o desactualizada. Asimismo, deben considerar que las herramientas de IA reflejan los datos con los que fueron entrenadas, lo que puede incluir sesgos inherentes, falta de transparencia o generar resultados no reproducibles. Por consiguiente, al utilizar herramientas de IA, los participantes en los procedimientos de RAM de la OMPI deben asegurarse de que los resultados se revisen y evalúen críticamente teniendo en cuenta estas limitaciones.
- Rendición de cuentas; No delegación de la responsabilidad personal. Las comunicaciones relacionadas con el caso, las decisiones procesales, las resoluciones sustantivas, las presentaciones y cualquier material producido en nombre de los participantes en los procedimientos de resolución alternativa de controversias de la OMPI siguen siendo responsabilidad personal de estos. Los participantes pueden utilizar herramientas de IA como apoyo. El uso de herramientas de IA no exime a ningún participante de su plena responsabilidad por la exactitud, la integridad, la legalidad y el contenido final de cualquier material emitido o utilizado en relación con los procedimientos.
- Confidencialidad. De conformidad con las Reglas de la OMPI, la información relativa a los procedimientos de resolución alternativa de controversias (RAMC) de la OMPI, así como la presentada en ellos, es confidencial, salvo acuerdo en contrario entre las partes o exigido por la legislación aplicable.Las herramientas de IA deben considerarse como potencialmente divulgadoras de cualquier dato a terceros, a menos que existan salvaguardias y medidas claras y verificables contra la retención de información y el intercambio de datos de entrenamiento. Por consiguiente, a menos que se establezcan dichas salvaguardias y medidas, la información confidencial, sensible o no pública relativa a los procedimientos de RAMC de la OMPI, como alegatos, pruebas, proyectos de decisión, deliberaciones, información financiera, datos personales o comunicaciones relacionadas con el caso, no debe introducirse ni cargarse en herramientas de IA sin garantizar salvaguardias contractuales, técnicas y/o organizativas adecuadas. Las partes deben actuar con cautela y no cargar dicha información si la posición relativa a las salvaguardias de confidencialidad de la herramienta de IA no está clara o no se puede determinar.
- Transparencia en el uso de herramientas de IA. Se alienta a los mediadores, árbitros y expertos a que divulguen y consulten con los participantes en los procedimientos de resolución alternativa de controversias de la OMPI sobre el uso de herramientas de IA, según corresponda. Los mediadores, árbitros y expertos pueden solicitar a las partes y a sus abogados que revelen su uso o intención de usar herramientas de IA en cualquier momento del procedimiento y que proporcionen directrices sobre el uso de dichas herramientas por parte de los participantes durante todo el proceso.
