La Abogacía Española aprueba nuevas directrices sobre el uso de inteligencia artificial en escritos jurídicos (10 abril 2026)

La utilización creciente de herramientas de inteligencia artificial generativa dentro de la práctica jurídica continúa planteando relevantes desafíos deontológicos y profesionales. Con el propósito de clarificar las obligaciones derivadas de su empleo, la Consejo General de la Abogacía Española ha aprobado una nueva circular interpretativa destinada a regular la elaboración y presentación de escritos jurídicos asistidos mediante IA.

El Pleno de la Abogacía Española celebrado el 10 de abril de 2026 aprobó una circular que regula la elaboración, firma y presentación de escritos jurídicos elaborados con asistencia de inteligencia artificial generativa. La iniciativa pretende precisar el alcance de la responsabilidad profesional en aquellos supuestos en los que puedan producirse errores derivados del empleo de tales herramientas.

La circular subraya que la inteligencia artificial debe concebirse exclusivamente como una herramienta auxiliar sometida a supervisión humana y no como un sustituto del abogado. El texto advierte expresamente de que los errores generados por sistemas de IA pueden originar responsabilidad profesional cuando no exista una adecuada verificación y control por parte del letrado.

Entre las principales recomendaciones incluidas en el documento destacan la necesidad de conocer en profundidad las herramientas tecnológicas utilizadas, revisar íntegramente los resultados obtenidos mediante IA y contrastar siempre la información con fuentes jurídicas fiables. Particular importancia adquiere asimismo la exigencia de trazabilidad, recomendándose documentar cuándo y para qué finalidad se ha utilizado la inteligencia artificial dentro de la preparación del escrito profesional.

La circular precisa igualmente que la infracción deontológica puede consumarse desde el momento en que se presenta un escrito erróneo elaborado con asistencia de IA, aunque admite que una rectificación previa a su entrega podría excluir la responsabilidad disciplinaria si el profesional hubiera realizado las tareas de comprobación necesarias.

La medida persigue reforzar la seguridad jurídica de los ciudadanos y garantizar que la incorporación de nuevas tecnologías al ejercicio profesional permanezca sometida a criterios de diligencia, responsabilidad e integridad ética. La circular constituye el tercer documento deontológico aprobado recientemente por la Abogacía Española, tras las iniciativas relativas al secreto profesional y al tratamiento de fondos ajenos.

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