La LO 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia elimina las golden visa en España a partir del 3 de abril de 2025 (3 enero 2025)

La eliminación de las golden visa en España, efectuada mediante la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, constituye un giro significativo en la política migratoria y económica del país, marcando el fin de un régimen diseñado para atraer inversiones extranjeras mediante la concesión de permisos de residencia vinculados a inversiones significativas, principalmente en bienes inmuebles. La medida, que se aplicará a partir del 3 de abril de 2025 tras la supresión de los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013, responde a diversas razones relacionadas con el impacto en el mercado inmobiliario, la efectividad económica del sistema, las preocupaciones de seguridad y el contexto normativo europeo. Desde su introducción en 2013, las golden visa habían sido un motor para atraer capital extranjero, especialmente en un contexto de crisis económica, incentivando la compra de propiedades de lujo y otras inversiones como deuda pública o proyectos empresariales de interés estratégico, con un impacto significativo en el sector inmobiliario de ciudades y regiones como Madrid, Barcelona, Baleares y Málaga, donde se concentró el 90% de las autorizaciones. Sin embargo, la medida ha sido cuestionada por fomentar fenómenos de especulación inmobiliaria, incrementar los precios de la vivienda y limitar el acceso a residencias asequibles para los residentes locales, además de generar tensiones sociales en áreas con alta demanda y escasa oferta de vivienda.

Antecedentes

Fin de las Golden Visa inmobiliarias reguladas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (9 abril 2024)

Impacto en el mercado inmobiliario

Entre las razones que justifican la eliminación de las golden visa se encuentran:

  • el impacto en el mercado inmobiliario, que ha experimentado un aumento significativo de precios en zonas específicas, afectando la accesibilidad de los residentes locales a la vivienda, dando lugar a una crítica generalizada por su contribución a la gentrificación y al desplazamiento de poblaciones vulnerables;
  • el cuestionamiento de su efectividad económica, dado que otras formas de inversión asociadas a este régimen, como la inversión en deuda pública o en proyectos empresariales, han tenido un impacto limitado en términos de creación de empleo y dinamización económica, con un uso predominantemente orientado a la compra de inmuebles
  • la respuesta a una creciente tendencia europea hacia la revisión o supresión de estos programas, especialmente tras la invasión rusa a Ucrania, debido a preocupaciones sobre el origen de los fondos y la transparencia financiera, que condujeron a varios países de la Unión Europea a endurecer o eliminar sus propios regímenes de visados por inversión, reforzadas por la percepción de que estos programas pueden ser utilizados para fines ilícitos o para evadir controles fiscales.

Ciudadanos extracomunitarios

La eliminación de las golden visa tendrá consecuencias para los ciudadanos extracomunitarios, quienes ya no podrán optar a este régimen para obtener residencia en España si no desean convertirse en residentes fiscales o permanecer más de seis meses al año en el país. Aunque existen otras vías de residencia, como la residencia no lucrativa o la residencia para nómadas digitales, estas implican mayores restricciones, limitando las opciones para quienes buscan establecer una conexión con España sin un compromiso de residencia permanente. Como era de esperar, el esperado cambio normativo ha generado inquietud entre los inversores actuales y potenciales, especialmente aquellos que estaban en proceso de adquisición de propiedades o que ya habían iniciado solicitudes de residencia bajo el régimen anterior.

Régimen transitorio

La Ley Orgánica 1/2025 contempla disposiciones transitorias para proteger las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de la norma, permitiendo que estas se tramiten bajo la legislación vigente en el momento de la solicitud. Sin embargo, las renovaciones futuras estarán sujetas a las nuevas disposiciones, lo que limita las opciones para aquellos que busquen extender su permiso de residencia más allá de su validez inicial.

Otras implicaciones

El alcance de esta decisión también incluye implicaciones jurídicas y administrativas, ya que obliga a reformular los procedimientos relacionados con la concesión de permisos de residencia y a reconfigurar los marcos legales que hasta ahora regulaban las inversiones extranjeras vinculadas a la adquisición de derechos de residencia. Este cambio normativo podría contribuir a una mayor transparencia y a un mejor control de los flujos de inversión, alineando la legislación española con los estándares europeos en materia de seguridad financiera y lucha contra la evasión fiscal. No obstante, también plantea retos significativos para los actores del sector inmobiliario y financiero, quienes deberán adaptarse a un entorno regulatorio más restrictivo y explorar alternativas para atraer capital extranjero en ausencia de los incentivos que proporcionaban las golden visa.

La eliminación de las golden visa se complementa con otras medidas adoptadas por el Ejecutivo, como la activación de una línea de avales de 2.000 millones de euros para la construcción de 40.000 viviendas públicas y privadas en régimen de alquiler social, con el objetivo de abordar las tensiones en el mercado de la vivienda y garantizar el acceso a residencias dignas.

Consecuencias económicas

En términos económicos, la eliminación de las golden visa podría tener un impacto directo en la inversión extranjera, especialmente en el sector inmobiliario de lujo, que había experimentado un auge significativo gracias a este régimen. La medida también puede generar incertidumbre en el mercado, afectando la percepción de España como un destino atractivo para inversores internacionales, lo cual es particularmente relevante en un contexto en el que muchos países compiten por atraer capital extranjero, ofreciendo incentivos similares. Sin embargo, desde fuentes gubernamentales se argumenta ha argumentado que esta decisión busca redirigir la inversión hacia sectores que promuevan un desarrollo más sostenible y equitativo, como la promoción de viviendas a precios asequibles y la rehabilitación de inmuebles, áreas que también podrían generar un impacto positivo en términos de empleo y cohesión social.

Disposición final vigesimoprimera. Modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, queda modificada como sigue:

Uno. Se dejan sin contenido los artículos 63, 64, 65, 66 y 67.

Dos. Se introduce una nueva disposición transitoria primera con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria primera. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Aquellos inversores o familiares de inversores que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta disposición transitoria, hubieran presentado la correspondiente solicitud, podrán recibir el visado o autorización correspondiente conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.»

Tres. Se introduce una nueva disposición transitoria segunda con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria segunda. Renovaciones de visados y autorizaciones para inversores por adquisición de bienes inmuebles.

Los visados y autorizaciones para inversores que tengan validez a la fecha de la entrada en vigor de esta disposición transitoria, conservarán dicha validez durante el tiempo para el que hubieran sido expedidos.

En el caso de presentarse solicitudes de renovación, se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.»

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