EL DO L 2024/2822 18.11.2024 publica el Reglamento (UE) 2024/2822 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 6/2002 del Consejo, sobre los dibujos y modelos comunitarios, y se deroga el Reglamento (CE) n.° 2246/2002 de la Comisión, con el objeto de hacer esta protección más accesible, eficiente y relevante frente a los avances tecnológicos y las necesidades actuales del mercado.
Desde su creación, el sistema de protección de dibujos y modelos a nivel de la Unión ha sido ampliamente aceptado, pero la evaluación realizada en el marco de los compromisos de mejora legislativa evidenció la necesidad de actualizarlo para garantizar mayor seguridad jurídica y simplificar los procedimientos, especialmente en beneficio de diseñadores individuales y pymes. Además, el progreso de tecnologías como la impresión 3D, la inteligencia artificial y los diseños no físicos impulsó la necesidad de redefinir la cobertura del sistema y ampliar la definición de productos protegidos, incluyendo aquellos que existan en formato digital o en entornos espaciales.
Cambios introducidos
El Reglamento 2024/2822 introduce cambios sustanciales, como la adaptación de los términos empleados para alinearlos con el Tratado de Lisboa, modernizando la denominación «dibujo o modelo comunitario» a «diseño de la Unión Europea». También incluye medidas para armonizar las legislaciones nacionales sobre diseños con el sistema de la Unión, fomentando la convergencia de prácticas y herramientas entre las oficinas nacionales y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). Entre las novedades, se amplía la protección de diseños a características visibles representadas en solicitudes registradas y a nuevas áreas como diseños en formato digital o animaciones, además de incluir medidas específicas para proteger contra infracciones relacionadas con tecnologías avanzadas como la impresión 3D.
La normativa revisa, asimismo, los procedimientos para facilitar la presentación de solicitudes múltiples sin restricciones de clasificación y prioriza los medios electrónicos para notificaciones y comunicaciones. Se incorporan normas más claras sobre limitaciones al derecho exclusivo, asegurando que el uso legítimo, como para reparación de productos complejos o expresiones artísticas, respete prácticas leales. Asimismo, se refuerzan las herramientas para combatir la falsificación, incluyendo la capacidad de los titulares de diseños de impedir la entrada y tránsito de productos infractores en la Unión.
El Reglamento actualiza los procedimientos administrativos para simplificarlos y fortalecer su previsibilidad, estableciendo reglas sobre representación gráfica, procedimientos orales y notificaciones electrónicas. Además, adapta las tasas para equilibrar los ingresos de la EUIPO y preservar la coexistencia con sistemas nacionales. Se alinean los principios de acumulación de protección de diseños con los derechos de autor, permitiendo que diseños protegidos puedan también considerarse obras sujetas a derechos de autor. Este marco se complementa con actos delegados que facultan a la Comisión para detallar aspectos procedimentales y asegurar una implementación uniforme y eficiente de las nuevas disposiciones.
En conjunto, estas modificaciones tienen como objetivo garantizar la coherencia, la modernización y la efectividad del sistema de protección de diseños en la Unión Europea, fortaleciendo su atractivo para diseñadores, empresas y pymes, y alineándose con los avances tecnológicos y económicos actuales.
